Ordenanza Nº 471/88

Incremento luz pirovano

Ordenanzas · 1 de septiembre de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1478/88.-

fELH.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 471/88

ARTICULO 1º);Fíjase el costo básico del KWH. a facturar por la Coo perativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Pi rovano Ltda., en la suma de A 1,3802 para consumo urbano y de A 1,53 50 para consumo rural, para su aplicación a partir del 10 de Agostode 1988.

ARTICULO 2º): A dichas facturaciones deberá practicárseles un des cuento del 10% (diez por ciento) en la forma que fija la Resolución Nº 2189/87 y Nº 0172/88 de la Dirección de la Energía de la Pcia de Bs As (DEBA) ARTICULO 3º);Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 01 de SETIEMBRE de 1988 FIRMADO: DR JUAN E.COLOMBO (PTE.) « SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO)

E S COPI

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.