Ordenanza Nº 464/88

Incremento luz urdampilleta julio 1988

Ordenanzas · 4 de agosto de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF.: EXP. Nº 1447/88.

"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 464/88

ARTICULO 1º):Fíjase el siguiente Cuadro Tarifario a aplicar por la -------Cooperativa Eléctrica Ltda. de Urdampilleta, a partir del 1º de Julio de 1988 CONSUMIDORES RESIDENCIALES •.............. A 0,8288 CONSUMIDORES COMERCIALES .................. A 0,8857 CONSUMIDORES RURALES ............................ A 0,8966 CONSUMIDORES OFICIALES .......................... A 0,8288 CONSUMIDORES NO ASOCIADOS.................. A §,2800 ALUMBRADO PUBLICO ................................. .A 0,7710 ARTICULO 2º):A las respectivas facturaciones deberá practicárseles undescuento del diez por ciento (10%) en la forma que fija la Resolución NO 2189/87 y NO 0172/88 de la Dirección de la Energía de la Pcia, de Bs. As. (DEBA) ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO deliberante DE BOLÍVAR, a 04 de AGOSTO de 1988 FIRMADO: DR. JUAN E .COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.).—

ES COPI

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.