Ordenanza Nº 436/88
Incremento luz bolivar mayo 1988
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 1372/88
EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 436/88
ARTICULO lº):Fíjase en A 0,55400 el costo básico del KWH a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. (da Consumo) para las lecturas de medidores que se practiquen a partir del 1º de MAYO de 1988.
ARTICULO 2º): A dichas facturaciones deberá practicárseles un descuento del diez por ciento (10%) en la forma que fija la Resolución Nº 2189/87 y Nº 0172/88 de la Dirección de la Energía de la Pcia. de Bs.As. (D.E.B.A.). ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- - -
DADA, en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 19 de MAYO de 1988.------------------------------------------------------------------------- — FIRMADO; DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO CAL1GIURI (SRIO.)
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.