Ordenanza Nº 421/88
Incremento luz bolivar abril 1988
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP. Nº 1339/88.-
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las
facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 421/88
ARTICULO 1º)Fíjase en A 0,48124 el costo básico del KWH. a
facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. (de
Consu mo) para las lecturas de medidores que se practiquen
a partir del 10 de ABRIL de 1988.
ARTICULO 2º): A dichas facturaciones deberá practicárseles
un descuento del (10%) diez por ciento en la forma que
fija la Resolución Nº 2189/87 y Nº 0172/88 de la Dirección
de la Energía de la Pcia, de Bs.As. (DEBA)
ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y
archívese
dada en la Sala de Sesiones del H.CONCEJOdeliberante DE
BOLÍVAR, a 07de ABRIL de 1988
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) SR. HUMBERTO
CALIGIURI (SRIO.).
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.