Ordenanza Nº 419/88

Incremento luz urdampilleta marzo 1988

Ordenanzas · 7 de abril de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTOEJECUTIVO

REF. EXP. Nº 1333/88

"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las

facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº 419/88

ARTICULO 1º):Fíjase el siguiente cuadro tarifario a

aplicar por la Cooperativa Eléctrica Limitada de

Urdampilleta, a partir del 12 de MARZO de 1988:

CONSUMIDORES RESIDENCIALES ... A 0,4159 CONSUMIDORES

COMERCIALES .. . . A 0,4445

CONSUMIDORES RURALES • • • • • • A O,4499

CONSUMIDORES OFICIALES • • • • • A 0,4159

CONSUMIDORES NO ASOCIADOS ... A O.69OO ALUMBRADO PUBLICO

• • • • ...A 0,3869

ARTICULO 2º)A las respectivas facturaciones deberá

practicárseles undescuento del (10%) diez por ciento en

la forma que fija la Resolución Nº 2189/87 y NO 0172/88

de la Dirección de la Energía de la Pcia. de Bs.As.

ARTICULO 3º):Comuníquese, publíquese, regístrese y

archives».- - —

DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE

BOLÍVAR, a 03de ABRIL de 1988.

FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO

CALIGIURI (SRIO.)

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.