Ordenanza Nº 419/88
Incremento luz urdampilleta marzo 1988
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTOEJECUTIVO
REF. EXP. Nº 1333/88
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las
facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 419/88
ARTICULO 1º):Fíjase el siguiente cuadro tarifario a
aplicar por la Cooperativa Eléctrica Limitada de
Urdampilleta, a partir del 12 de MARZO de 1988:
CONSUMIDORES RESIDENCIALES ... A 0,4159 CONSUMIDORES
COMERCIALES .. . . A 0,4445
CONSUMIDORES RURALES • • • • • • A O,4499
CONSUMIDORES OFICIALES • • • • • A 0,4159
CONSUMIDORES NO ASOCIADOS ... A O.69OO ALUMBRADO PUBLICO
• • • • ...A 0,3869
ARTICULO 2º)A las respectivas facturaciones deberá
practicárseles undescuento del (10%) diez por ciento en
la forma que fija la Resolución Nº 2189/87 y NO 0172/88
de la Dirección de la Energía de la Pcia. de Bs.As.
ARTICULO 3º):Comuníquese, publíquese, regístrese y
archives».- - —
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE
BOLÍVAR, a 03de ABRIL de 1988.
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO
CALIGIURI (SRIO.)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.