Ordenanza Nº 415/88
Auspiciando taller literario
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF.: EXP. Nº 1358/88.-
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las
facultades que le son propias sanciona con fuerza de:
Ordenanza Nº 415/88 ARTICULO 1º): El H.CONCEJO DELIBERANTE auspiciará el Ciclo
de Ta11er Literario" organizado por la Dirección del
Libro dependiente de la Secretaría de Cultura de la
Nación.
ARTICULO 2º): El HCD solventará los gastos de alojamiento
de los profesores que dictarán el curso durante los días
6, 7, y 8 de abril del corriente año y los
correspondientes a los díasequivalentes de los meses de
mayo y junio.
ARTICULO 3º): Los gastos que demanden el cumplimiento de
la presente se imputarán a la Partida 1.1.1.2.14.1.
"Fiestas públicas, agasajos, y recepciones oficiales
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y
archívese
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE
BOLÍVAR, a 07 de ABRIL de 1988.
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) SR. HUMBERTO
CALIGIURI(SRIO)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.