Ordenanza Nº 402/88

Ampliando presupuesto 1987 prorrogado para reintegro al personal ordenanzas 346/87 y 393/88

Ordenanzas · 25 de febrero de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

ref. EXP. Nº 1298/88

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las

facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº402/88

ARTICULO 1º):Autorízase al D. Ejecutivo a reintegrar al

personal de la administración Municipal, la suma de

AUSTRALES CINCUENTA (A 50,00), que habrían sido abonados

en el mes de Mayo de 1987, en concepto de adelanto de

sueldo anual complementario correspondiente al mes d e

Junio de 1987.

ARTICULO 2º): A los efectos del cumplimiento del artículo

anterior, amplíase el Presupuesto de Gastos Ejercicio

1987, prorrogado ara el ejercicio 1988, en las siguientes

partidas: JURISDICCIÓN 1-CONCEJO DELIBERANTE

•1. 1. 3. 5. 14. Gratificación Extraordinaria A 150

JURISDICCION 2-DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Finalidad 1-Administración General

•1. 1. 3. 5. 14. Gratificación Extraordinaria A 5.300

Finalidad 2- Salud Pública Ítem 1- servicios Municipales

1.1.3.5.14. Gratificación ExtraordinariaA 2.200

Ítem 2 5. •1. 1. 3. - 14. Servicios Ley 9347 Gratificación ExtraordinariaA 4.650-

Finalidad 3- Servicios Especiales Urbanos

Ítem I-Servicios Municipales

•1. 1. 3. 5. 14. Gratificación ExtraordinariaA 3.8OO

Ítem 2 - Servicios Sanitarios

•1. 1. 3. 5. 14. Gratificación ExtraordinariaA 700

Finalidad 4 - Infraestructura Vial

1.1.3.5.14. Gratificación Extraordinaria A 1.750

Finalidad 5—Bi enest ar Social

•1. 1. 3. 5. 14. Gratificación ExtraordinariaA l00

A 18.65O

ARTICULO 3º): El crédito necesario para atender la

ampliación del artículo anterior deberá tomarse de las

siguientes partidas del mismo Presupuesto*-

JURISDICCIÓN 1-CONCEJO DELIBERANTE

Finalidad 6 – A clasificar

1.4.1. Crédito Adicional

A

150

JURISDICCIÓN 2 – DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Finalidad 6 – A Clasificar

1-4-1-Crédito Adicional

A

18.560

ARTICULO 4º: De forma

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE BOLIVAR A 25 DE

FEBRERO DE 1988

FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE) – SR. HUMBERTO

CALIGIURI (SRIO)

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.