Ordenanza Nº 374/87
Fijando salario social garantizado
H. Concejo Deliberante
Bolívar R ef. exp.nº 1219/87
ORDENANZA Nº 374/87
Artículo 1º:Apruébase la liquidación de sueldos de todas las
categorías de los agentes municipales escalafonados efectuadas por
el DE y percibidas por los agentes hasta el 30 de septiembre de 1987
de la siguiente manera:
a) Establécese el Sala rio Social Garantizado a partir del 1de Enero
de 1987en Australes CIENTO CINCUENTA (A 150,00)
b) Establécese el Salario Social Garantizado a partir del 1 de Marzo
de 1987en A astrales CIENTO SETENTA ( A170,00)
c) Otórgase a partir del 1 de enero de 1987 un incremento salarial
del 9% (Nueve por ciento)
d) Otórgase a partir del 1 de Marzo de 1987 un incremento salarial
del 4,7O% (Cuatro con setenta por ciento)
e) Increméntase un 6% el Sueldo Básico Municipal a partir del primero
de Juniode 1987.
f) Garantízase un incremento mínimo de Treinta Australes (A 30,00)
para todas las categorías del Escalafón Municipal en la liquidación
del mes de Junio de 1987
g) Establécese el Salario Social Garantizado a
partir del 1 de Mayo de 1987por la suma de Australes D0SCIENTOS (A
200,00)
h) Abónese a partir de la liquidación del mes de Junio de 1987 una
bonificaciónpor categoría de acuerdo al siguiente detalle
CATEGORÍA BONIFICACION POR
CATEGORIA
15 4..
14 8
13 12--
12 16~
11 20.-
10 24-
9 28-
8 32-
7 36—
6 40.
4 48
3 52
2 56
60
ARTICULO 2º: Deróguese la aplicación de la Bonificación por
Categoría, y la bonificación por refrigerio a partir del 1/10/87
ARTICULO 3º:Autorízase al DE a descontar de los haberes
correspondientes al mes de octubre de 1987 la bonificación por
categoría y la bonificación por refrigerio.
ARTICULO 4º: De forma
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A
18 DE NOVIEMBRE DE 1987.
FIRMADO:
JUAN EMILIO COLOMBO PRESIDENTE
HUMBERTO CALIGIURI SECRETARIO
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.