Ordenanza Nº 344/87

Donando inmueble al instituto de la vivienda

Ordenanzas · 7 de julio de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

BOLÍVAR, 08 de JULIO de 1987

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1141/87

ORDENANZA Nº 344/87

ARTICULO lº: Ratifícase la Ordenanza Nro. 109/84 cuyo texto se transcribe a continuación: Artículo lº: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As. el inmueble propiedad de esta Municipalidad identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: CIRC.II, SEC.B, CHACRA 106, comprendido entre la Av, Pedro Vignau, calle s/n. y parcela 4 calle s/n prolongación calle Leiría) y zona canal de desagües y parcela 1b, Articulo 2º: La presente donación se efectuará con la condición de que el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs. As,, construya en dicho inmueble, complejos habitacionales según las normas estableci-das en la Resolución FO.NA.VI. Nro. 70 del 14/08/84 para la Coopera-tiva de Vivienda de Bolívar Ltda. y de acuerdo al cupo de 450 viviendas solicitado por la misma. Artículo 3º: La presente donación se realiza con la condición de que el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As. comience la ejecu-ción de las obras, en un plazo máximo de 12 meses y la conclusión de la totalidad de las mismas en un término no mayor de (5) cinco años, plazos estos contados a partir de la promulgación de la presen-te Ordenanza} caso contrario se procederá a la revocación total o parcial de la presente, previa intimación al Instituto de la Vivien-da, conforme las normas que rigen la materia de las donaciones en el Código Civil de la República Argentina. Artículo 4º: De forma. ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del HCD de Bolívar, a 7 de JULIO de 1987

ES C O P I A

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.