Ordenanza Nº 344/87
Donando inmueble al instituto de la vivienda
BOLÍVAR, 08 de JULIO de 1987
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1141/87
ORDENANZA Nº 344/87
ARTICULO lº: Ratifícase la Ordenanza Nro. 109/84 cuyo texto se transcribe a continuación: Artículo lº: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As. el inmueble propiedad de esta Municipalidad identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: CIRC.II, SEC.B, CHACRA 106, comprendido entre la Av, Pedro Vignau, calle s/n. y parcela 4 calle s/n prolongación calle Leiría) y zona canal de desagües y parcela 1b, Articulo 2º: La presente donación se efectuará con la condición de que el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs. As,, construya en dicho inmueble, complejos habitacionales según las normas estableci-das en la Resolución FO.NA.VI. Nro. 70 del 14/08/84 para la Coopera-tiva de Vivienda de Bolívar Ltda. y de acuerdo al cupo de 450 viviendas solicitado por la misma. Artículo 3º: La presente donación se realiza con la condición de que el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As. comience la ejecu-ción de las obras, en un plazo máximo de 12 meses y la conclusión de la totalidad de las mismas en un término no mayor de (5) cinco años, plazos estos contados a partir de la promulgación de la presen-te Ordenanza} caso contrario se procederá a la revocación total o parcial de la presente, previa intimación al Instituto de la Vivien-da, conforme las normas que rigen la materia de las donaciones en el Código Civil de la República Argentina. Artículo 4º: De forma. ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA en la Sala de Sesiones del HCD de Bolívar, a 7 de JULIO de 1987
ES C O P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.