Ordenanza Nº 330/87
Afectando terrenos parque urbano urdampilleta
H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.:EXP. Nº 1065/87.
Ordenanza nº 330/87 ARTICULO 1º): Procédase a desafectar da Zona de Esparcimiento definida como Parque Urbano para el núcleo de Urdampilleta los inmuebles identificados con la siguiente nomenclatura catastral: Circ: IX, Secc. B, Mz.: 78, Parc.: 3-4-5-6-7-8-9-ll-12-13-l4-15-l6-l7-l8 y 19Circ: IX, Secc.B, Mz 79 Parc. 5-6-7-8-9-10-11-12 y 13..Circ: IX, Secc.:B, Mz.: 85, Parc: 10-11-12-13-14-15 y 21.- Circ: IX, Secc.:B, Mz.: 86, Parc: l-2-3-4-5-6-7-8-9-10-y 11, lo que hace una superficie de 15.349,62 m2. ARTICULO 2º): Procédase a afectar como zona de Esparcimiento, conforme lo dispuesto por el Art. 60 de la Ley 8912 de OrdenamientoTerritorial y Uso del Suelo, en compensación con la desafectación efectuada en el Art. 1º) de la presente Ordenanza, las siguientes parcelas: Circ.XX, Secc. B, Mz.: 38, Parc. 1 y Circ. IX, Secc. B Mz.: 72, Parc: 1-2-3-4 -5-6-7-8-9-10-ll-12-13-l4-15-l6-17-l8 y 19 que hace un total de l6.156m2. ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 19 de MAYO de 1987.- ---------------------
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.