Ordenanza Nº 321/87

Fijando salario minimo

Ordenanzas · 23 de abril de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF: EXP. Nº 1086/87.-

ORDENANZA Nº 321/87

ARTICULO 1º): Establécese el Salarlo Mínimo Vital, a partir del

1º de Enero de 1987 en AUSTRALES CIENTO CINCUENTA (A 150,oo)

mensuales.-

ARTICULO 2º): Establécese el Salario Mínimo Vital, a partir del

1º de Marzo de 1987, en AUSTRALES CIENTO SETENTA (a 170,00),

mensuales

ARTICULO 3º): Establécese el monto del Sueldo Mínimo o Básico, que

ha de tomarse para la aplicación de los coeficientes fijados por

el Estatuto de Estabilidad y Escalafón del personal Municipal, la

suma de AUSTRALES CIENTO CINCUENTA (A 150,00) a partir del 1º de

Enero de 1987 y AUSTRALES CIENTO SETENTA (A 170,oo) a partir del

17 de Marzo de 1987, correspondientes a la categoría mínima del

nomenclador de cargos de los empleados municipales, aprobados por

Ordenanza Nº 232/86.-

ARTICULO 4º): Forma parte de la presente Ordenanza el ANEXO I-

Nomenclador de Cargos- siendo la aplicación del mismo: el 80%

para el corriente ejercicio 1987

ARTICULO 5º): Otórgase a partir del 1º de Enero de 1987, un

incremento salarial del 9% (nueve por ciento) para todo el

personal no comprendido en la Ordenanza 2O3/86 y/u otros

regímenes especiales-

ARTICULO 6º): Otorgase a partir del 1º de Marzo de 1987 un

incremento salarial del 4,7% (cuatro con siete por ciento) para

todo el personal no comprendido en la Ordenanza 203/86 y/u otros

regímenes especiales

ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese

DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE

BOLÍVAR, a 23 de ABRIL de 1987.

ANEXO

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.