Ordenanza Nº 224/86

Hospital cobro obras sociales modificada ordenanza 282/86 derogada ord 768/1990

Ordenanzas · 3 de julio de 1986 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

DEROGADA POR LA ORDENANZA 768/90 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REP.:ORD. Nº 156/85

ORDENANZA Nº 224/86 •

ARTICULO 1º) Autorizase a la Municipalidad de Bolívar por intermedio del Hospital Sub-Zonal de Bolívar, a firmar convenios con las distintas obras sociales para la atención de las mismas a sus distintos afiliados

ARTICULO 2º): La modalidad de atención será: a ) H o s p i t a l gratuito a la población» b) Hospital cerrado a los profesionales» c) L a facturación a las obras sociales se hará sobre los siguientes sistemas: 1) Gastos de internación» 2) Gastos de hotelería. 3) Gastos de Servicios Intermedios (laboratorio, radiología, odontología. k) Gastos de farmacia» d) No se cobrará co-seguro.

ARTICULO 3º): Créase una comisión integrada

por:

a) Un representante del DE b) Un representante por cada uno de los Bloques del HCD. C) Un representante de cada uno de los Círculos de Profesionales (Módicos, Bioquímicos, Odóntólogos, Farmacéuticos). d) Un representante de la Asociación de Profesio-nales del Hospital Sub-Zonal Bolívar» A los efectos de implementar y reglamentar la presente ORDENAN-ZA, como asi también el estudio de complementación de servicios entre la actividad pública y el sub-sector privado»•

ARTICULO 4º): Comuníquese, regístrese, publiquese, y archívese»

DADA en la Sala de Sesiones del H.C.D. de BOLÍVAR, a 03 de JUL I O d e 1 9 8 6 .

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.