Ordenanza Nº 224/86

Cobro obras sociales en el hospitales

Ordenanzas · 3 de julio de 1986 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AH. Concejo Deliberante

HRolivar

vs

BOLIVAR, 07 de JULIO de 1.986=-

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. :OKDo Ne 156/85 A ona rmac oz duntizaninanemtzla

"BL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR, en uso de las facultades

que le sou propias, sanciona con fusrza de:

= ORDENANZA NS 224/86 « 2me Plonaahaa oz

ARTICULO 19): Autorízase a la Municipalidad de Bolívar por in- DT. - termedio del Hospital Sub-Zonal de Bolívar, a fir mar convenios con las distintas obras sociales para la atención de las misuas a sus distintos afiliados.

ARTICULO 29): La modalidad de atención será: Ii + a) Hospital gratuito a la población. b) Hospital cerrado a os proTesionailese ce) La facturoción a las obras sociales se herá so bre los siguientes sistemas!

1) Gastos de internación.

2) Gastos de hotelerías

3) Gastos de Servicios Intermedios (laboratorio radiología, odontologÍas

4) Gastos de farmacias

d) Nosse cobrará co-»seguros ARTICULO 32): Créase una comisión integrada por3

a) Un representante del DeL. b) Un representante por cada uno de los Bloques del ll.CoDe Cc) Un representante de cada uno de los Círculos de Profesionales (Médicos, Bioquímicos, Údon- télogos, Farmacéuticos)» : d) Un representante de la Asociación de Profesio- nales del Hospital Sub-Zonal Bolívare A los efectos de implementar y reglamentar la presente ORDENAN= ZA, como así también el estudio de complementación de servicios entre la actividad pública y el sub-»sector privado».-

ARTICULO 42): Comuníquese, rogístrese, publíquese, y archíveseo

DADA en la Sala de Sesiones del H.CoDe de BOLIVAR, a 03 de JU- AA

PIRMADOS Dr.JUAN EMILIO COLOMBO (Ptes.) = Sre HUMBERTO CALIGIURI (Srio.).-

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RARE

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.