Ordenanza Nº 16/84
Mesa coordinadora interbarrial
Bolívar, 22 de febrero de 1984 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXPTE. Nº 1/83
= ORDENANZA Nº 16/84 = Art.1º: Créase la Mesa Coordinadora Interbarrial, que tendrá a su cargo ....... la coordinación, representatividad y asesoramiento de los Ba- rrios a loa efectos de lograr el desarrollo urbano y social de los mis-inos» Los barrios a que se hace mención en éste articulo se refieren a / los que integran el conurbano de la ciudad de Bolívar. Art.2º: La mesa Coordinadora Interbarrial estará integrada por dos (2)-....... miembros elegidos por cada comisión de Fomento de los Barrios a que hace mención el art. 1º.- Art.3º: La Mesa Coordinadora Interbarrial dictará su propio estatuto in ....... terno y lo elevará posteriormente para conocimiento del D.E. Municipal. Art.4º: La Mesa Coordinadora Interbarrial elegirá una Comisión Interba-....... rrial que servirá de enlace entre ésta y el D.E. Municipal. Di-cha Comisión estará integrada por Doce (12) miembros titulares e igual/ número de suplentes, que durarán un (1) año en sus cargos y podrán ser/ reelectos; al constituirse ésta comisión designará un Consejo Directivo» Art.5º: Asimismo, integrarás la comisión citada, un (1) representante / ------- del D.E., que actuará en calidad de asesor y coordinador, que/ tendrá vos pero no voto en las reuniones del Consejo Directivo de la Co_ misión Interbarrial.- Art.6º: Los miembros titulares y suplentes a que se hace referencia en-....... el art. 4º, serán integrados por un (1) representante titular y uno (1) suplente por cada una de las zonas conforme a lo establecido en el Anexo II que forma parte integrante de la presente ordenanza, quie -nes en definitiva, integrarán la Comisión Interbarrial• - Art.7º: A los efectos de la integración de la Comisión Interbarrial, co-- _----• mo se estatuyera en los Art. anteriores, el miembro suplente en cada caso, en ocasión de producirse renuncia, fallecimiento ó ausencia/ del titular, automáticamente ocupará el lugar del titular a los efectos de asegurar la representación de la tona a que pertenece.- Art.8º: La Comisión asesorará al D.E. Municipal sobre las necesidades / ------- de cada uno de los barrios del conurbano bolivarense, a la vez/ que expondrá las inquietudes generales y ofrecerá, en caso de ser posi-ble* las soluciones que considere viables para cada caso concreto» Asi-mismo, dicha Comisión establecerá en casos particulares y fuera de lo / común, que tipo de colaboración prestará el U.K. y en qué forma.-Art.9º: La Mesa Coordinadora Interbarrial tendrá la facultad de designar ------- un representante a cada una de las comisiones municipales que / se creen y que tengan relación con los problemas de: Salud, Bienestar / Social, Cultura, Deportes y Recreación* Minoridad, Deserción Escolar, a los efectos de asegurar y proveer una mayor y mejor representación del/ pueblo en el accionar municipal•- Art.10º: Los cargos ocupados por los integrantes de la Mesa Coordinadora ------- Interbarrial y la Comisión Interbarrial, son totalmente honora- rios, en consecuencia, no percibirán emolumento alguno procedente del erario municipal por ello.- Art.llº: Los adjuntos "Anexo I y Anexo II", forman parte integran------ --------- te de la presente Ordenanza. Art.12º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- "Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante de Bolívar a 27/ de enero de 1984".
- ORDENANZA Nº 16/84 -A N E X O I
COMISIONES INIERBARRIALES
Las comisiones vecinales de cada uno de los Barrios de la Ciudad de Bolí-var (conurbano), serán reconocidas legalmente toda ves que su elección / se haya realizado conforme las normas transcriptas en el presente anexo.- INTEGRACION: Las comisiones vecinales de cada barrio estarán integradas por un presi dente, un secretario y un tesorero como requisito mínimo, y cuatro voca -les. a) La elección de dichas autoridades, deberá efectuarse por asamblea pública de los vecinos residentes en el barrio y de los propietarios que, aunque no tengan residencia en el mismo, puedan justificar su residencia parcial o transitoria, tal el caso de aquellas personas que por razones de necesidad ó imposibilidad residan semipermanentemente en la Ciudad de bolívar y posean propiedades en los barrios donde efectúen cierto tipo de tareas a saber: quintas, construcciones, reparaciones, vivienda transitoria, etc., sobre los inmuebles de su propiedad. b) Para tal fin, en cada uno de los barrios, se deberá confeccionar un padrón de los vecinos que reúnan las condiciones del inciso anterior, el cual deberá ser colocado a la entrada de la Asamblea donde se proceda a la elección de autoridades vecinales y estará a cargo de un veedor del DE y un vecino reconocido del lugar. Aquellas personas que no figuren en padrón no podrán participar de la elección, salvo que justifiquen algunas de las circunstancias previstas en el inciso a), en cuyo caso, se procederá en ese momento, a su inclusión en el padrón de votantes.- c) La Asamblea de referencia, deberá ser convocada por las autoridades integrantes de la última comisión en caso de que la hubiere, o a falta de ella, por un grupo de vecinos que no deber ser inferior a diez (10).- d) El quórum para que la asamblea funcione válidamente es el 50% del total de votantes empadronados a la hora de iniciación de la misma, según la convocatoria.- e) En el caso de que ello no ocurriera asi, se podrá iniciar válidamente/ la asamblea con la cantidad de vecinos presentes, una hora después de la/ iniciación, tomándose «se lapso de espera como una nueva convocatoria.- f) Las autoridades electas como así todos los presentes, deberán firmar un acta, donde consten las alternativas de la asamblea y resultados de la elección, y a tal fin, al inicio del acto deberá designarse un vecino para que lo presida y otro para que efectúe la confección del acta respectiva. - g) Las autoridades de la Junta Vecinal durarán dos años en sus cargos y podrán ser reelectos.- h) Una vez constituidas las comisiones vecinales, deberán llevar un libro de Actas, donde se anotarán todas las sesiones que se efectúen y los li -bros necesarios para poder establecer su estado económico-
financiero.-
ORDENANZA Nº16/84 A N E X O II
COMISIONES INTERBARRIALES a) A los efectos de la formación de la Comisión Interbarrial, se zonifi-can los barrios del conurbano bolivarense de la forma que se detalla a continuación, dejándose constancia de que dicho procedimiento se ha practicado teniendo presentes las necesidades comunes que pueden afectar a dichos barrios y en otros casos, el índice poblacional como asimismo, la idiosincrasia barrial, atento la necesidad de que el número de integrantes de dicha comisión no sea excesivo y en su caso entorpezca el desarrollo rápido y dinámico en la toma de decisiones.- b) Asimismo, se deja constancia que cada una de las zonas detalladas, lleva ante la Comisión Interbarrial, un representante que será elegido de entre los miembros de las comisiones vecinales que integran la zona y que no representará a un barrio determinado, sino a todos los que integran la zona.- c) A los efectos de solucionar el problema que pudiera presentarse, se faculta a los integrantes de las zonas de referencia para que juntamente con su representante titular, designen dos suplentes, uno de cada barrio que quedarla sin representación aparente y, previa comunicacional D.E. roten entre sí el cargo de vocal titular ante la Comisión Interbarrial, distribuyéndolo de forma tal que se obtenga una representación igualitaria en tiempo para todos los barrios, hasta cumplirle total de dos años que será la duración del mandato.- COMISIONES VECINALES; ZONIFICACION ZOMA I; Estará integrada por los barrios: CASARIEGO-MELITONA, por afinidad de idiosincrasia y necesidades, sin perjuicio de que pueda/ parecer desmesurado el número de habitantes que reúnen entre los dos, toda vez que se debe proveer a soluciones comunes de los problemas en común. Para el caso de alternancia en el cargo que previ el inciso c), durarán un año cada uno.- ZONA II: Barrio PALERMO- Barrio MARIA DEL CARMEN. ZONA III: Barrio SAN JOSE y Aledaños, delimitado por Av. Calfucurá, Ruta 226, Fabrés García y Vías F.C.G.R.- ZONA IV: Barrios: LOS TILOS-AGRIMENSOR RAFAEL HERNANDEZ-CALFUCURA. Por a -------- finidad en la idiosincrasia de sus poblaciones como así también la necesidad de solucionar problemas comunes a saber: Aguas corrientes,/ zona comercial, servicio de cloacas, etc.- ZONA V: Barrio LOS TRONCOS, delimitado en su extremo sur por manzanas : -------- aa, z, 5g, 5b y 5c (éstas últimas tres, fracciones) en su extremo norte por las manzanas g y h, al este por Avda. Calfucurá y al oeste por fracciones 5c, 5d, 5k, 5e, 197; y Barrio Jardín.- ZONA VI: VILLA DIAMANTE.- ZONA VII: SAN JUAN-EL TRIO-CATRIEL-COLOMBO-ROLANDO, desde continuación de -------- Calle Urquiza hasta continuación de Fabrés García, Av. 25 de Mayo y calle s/n. al este lindando con loteo de Barrio Amado. Este agrupa-miento se efectúa por afinidades de idiosincracia y necesidades primarias en especial en lo referente a urbanización en todos sus
aspectos, y necesidades médico-sociales.- ZONA VIII: LOS ZORZALES y Aledaños. Por afinidades socio-económicas, edilicias y necesidades médicas y culturales, como así también de infraestructura educacional y asistencial .-ZON.v IX: VILLA POMPEYA-»ARRIO PARQUE Y EL RECUERDO.- ZONA X: FORTÍN SAN CARLOS. No participa del bloque denominado ZONA VIII -------- y IX, por representar un complejo habitacional totalmente inde-pendiente en sus características habitacionaLes y de necesidades primarias.- ZONA XI: Barrio LA GANADERA y Adños.-ZONAXII: OTROS.-Las comisiones vecinales integrantes de las distintas zonas en cuanto a su representación a la Comisión Interbarrial, se manejarán con las normas establecidas para la ZONA I, reduciéndose la duración de/ los mandatos a 3 meses cada uno, cuando sean 3, y proporcionalmente / si fueran más.-
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.