Ordenanza Nº 2963/2024
Eximición a las rifas y/o campañas de las cooperadoras del hospital y bomberos
Bolívar, 16 de Mayo de 2024 Al Departamento Ejecutivo REF. EXP. Nº 8670/24-25
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2963/2024 = Artículo 1º: Exímase del porcentual del cinco por ciento (5%) que corresponde al Consejo Escolar de Bolívar, a las rifas y/o campañas de Socios Protectores de las Cooperadoras de los Hospitales Municipales y Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Partido de Bolívar, en virtud de la loable labor comunitaria que realizan. Artículo 2º: El beneficio a que hace referencia el Artículo 1º es otorgado para el Ejercicio 2024. Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ---------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A QUINCE DIAS DEL MES DE MAYO DE 2024.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.