Ordenanza Nº 2950/2024

Facultando al de a abstenerse de iniciar juicios

Ordenanzas · 17 de mayo de 2024 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 16 de Mayo de 2024 Al Departamento Ejecutivo REF. EXP. Nº 8705/24-25

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2950/2024 = Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo para abstenerse de impulsar las actuaciones tendientes a obtener el cobro por la vía de apremio, cuando el monto total reclamable al contribuyente o responsable, proveniente de cualquiera de los tributos respectos de los cuales resulte autoridad de aplicación, considerados por separado y con relación a cada bien, instrumento o actividad gravados en particular, incluyendo intereses, recargos y multas firmes, sea igual o inferior al sueldo mínimo del personal municipal ingresante. Artículo 2º: Dispóngase la obligación de mantener en los registros municipales la totalidad de la deuda de los contribuyentes alcanzados por lo dispuesto en el artículo precedente, debiendo preverse una partida contable específica al efecto. Artículo 3º: Anualmente el Departamento Ejecutivo elaborará conjuntamente con el proyecto de cálculo de recursos y presupuesto de gastos las pautas a ser consideradas para evaluar la cifra de corte que determine el monto de las deudas ejecutables a que refiere el Artículo 1°, conforme el monto actualizado del sueldo mínimo allí referido. Artículo 4º: Procurase el cobro de las mencionadas obligaciones mediante las acciones previstas en los planes de fiscalización proyectados por la Secretaría de Hacienda a través de la Dirección Rentas. Artículo 5º: Dispóngase la revisión periódica de las sumas precedentemente indicadas, en oportunidades sancionarse la Ordenanza Fiscal Impositiva Anual. Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese y Archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A QUINCE DIAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.