Ordenanza Nº 2839/2022

Reglamentando funcionamiento del museo municipal ameghino

Ordenanzas · 20 de octubre de 2022 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Las Malvinas son Argentinas

Bolívar, 20 de octubre de 2022 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8357/22 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2839/2022 = ARTÍCULO 1º: Créase como órgano desconcentrado y bajo dependencia de la actual Secretaría de Innovación y Asuntos Estratégicos, el “MUSEO MUNICIPAL FLORENTINO AMEGHINO”, el que estará a cargo de un/a Director/a o Coordinador/a designado/a por el Departamento Ejecutivo. ARTÍCULO 2º: Quedan sometidos a la custodia y conservación por este Museo, todos los objetos, elementos y archivos que estén conectados con el pasado histórico vinculado al Partido de Bolívar. ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo gestionará ante la ASOCIACIÓN DE CULTURA Y BIBLIOTECA POPULAR DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO (CUIT Nº 30-66438427-9), la donación de los objetos históricos que se hallen en poder de la misma para destinarlos a integrar el acervo de este Museo. Igual gestión realizará ante instituciones y particulares. ARTÍCULO 4º: MISIÓN: Adquirir, documentar, conservar, exhibir, comunicar e investigar el patrimonio cultural, material e inmaterial del Partido de Bolívar, desde su fundación hasta la actualidad, e impulsar actividades culturales, sociales y educativas para la trasmisión de todo su legado histórico y cultural. ARTÍCULO 5º: OBJETIVOS: a) Adquirir y documentar objetos que por su valor histórico cultural sean representativos del Partido de Bolívar; b) Documentar todas aquellas expresiones materiales e inmateriales que definen a la comunidad bolivarense; c) Conservar el patrimonio material aplicando las prácticas establecidas según la conservación preventiva y a través de una clara política de gestión de las colecciones; e) Comunicar el patrimonio material e inmaterial de diversas formas: exposiciones temporarias, redes sociales, visitas a instituciones del Partido, etc. f) Investigar el patrimonio material e inmaterial a través de un trabajo interdisciplinario que involucre a las distintas áreas municipales, a profesionales de diversas disciplinas y a la comunidad en su conjunto. ARTÍCULO 6º: RAMAS QUE ABARCA: A los fines de cumplir con su objeto el Museo Municipal Florentino Ameghino abarcará las siguientes ramas: Arqueología, Paleontología, Historia, Ciencias Naturales, Arte. ARTÍCULO 7º: ACTIVIDADES: El Museo Municipal desarrollará todas las acciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos: a) Montar exposiciones, muestras, salones abiertos al público; b) Celebrar convenios con Instituciones Nacionales, Provinciales, Municipales y privadas del país, extranjeras o de carácter internacional para estudio, recolección de elementos, clasificaciones, intercambio u otras actividades tendientes a la consecución de sus fines; c) Incorporar al acervo objetos, elementos, obras de arte, contratar servicios profesionales ,etc. tendientes al logro de sus fines; d)

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Organizar conferencias, cursos, conversatorios, hacer publicaciones, difundir la obra del Museo. ARTÍCULO 8º: PERSONAL: El Museo Municipal Florentino Ameghino contará con: Un/a (1) Director/a o Coordinador/a; un/a (1) empleado/a administrativo/a; un/a (1) docente; un/a (1) Técnico/a (especializado/a en paleontología o arqueología); un/a (1) empleado/a de maestranza. ARTÍCULO 9º: SEDE: El Departamento Ejecutivo proveerá al Museo Municipal Florentino Ameghino de un local adecuado a sus fines, para el desarrollo de sus actividades. ARTÍCULO 10º: El Departamento Ejecutivo podrá efectuar las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias para el adecuado cumplimiento de esta Ordenanza, a cuyo efecto podrá disponer cambios en las denominaciones de los conceptos, partidas y subpartidas existentes o crear otras nuevas y reestructurar, suprimir y transferir funciones previstas en el nomenclador de cargos vigente. ARTÍCULO 11º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2022.

FIRMADO

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.