Ordenanza Nº 2823/2022
Utilizacion papel reciclado en el ambito municipal
H. Concejo Deliberante Bolívar Las Malvinas son Argentinas
Bolívar, 18 de Agosto de 2022 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8296/22 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2823/2022 = ARTÍCULO 1º: Dispóngase la utilización progresiva de papel reciclado y/o ecológico para la impresión de todos los documentos en el ámbito del poder ejecutivo y legislativo municipal. ARTICULO 2°: En los términos del artículo 1° se entiende por papel reciclado y/o ecológico, aquellos en el que 100% de las fibras utilizadas para el procesamiento de fabricación son recicladas y sin blanquear o blanqueadas con procesos libres de cloro. ARTICULO 3°: Impleméntese en forma progresiva la utilización de formato digital, el uso de correo electrónico y en sustitución del papel para las comunicaciones dentro de los organismos y entre organismos referidos en el artículo 1º de la presente. Así mismo evitar en la medida que ello sea posible, la impresión de los correos, excepto que por razones de fuerza mayor necesariamente deban imprimirse las comunicaciones. ARTICULO 4°: Fomentar el almacenamiento de los archivos cuya conservación sea necesaria, en disco duro o rígido de las computadoras, discos extraíbles, así como en cualquier otro tipo de dispositivo informático de almacenamiento de datos que suplante la conservación de archivos en formato de papel. ARTICULO 5°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice las afectaciones de las partidas presupuestarias pertinentes para la implementación y el cumplimiento de la presente ordenanza. ARTICULO 6°: Invítese a los vecinos, instituciones públicas, privadas y organizaciones de nuestra ciudad a adherir a la presente, utilizando el papel reciclado y/o ecológico. ARTICULO 7°: El Departamento Ejecutivo Municipal por sí o bien a través del área municipal que corresponda se compromete a realizar una amplia y permanente campaña de difusión de la presente ordenanza. ARTÍCULO 8º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ---------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2022. FIRMADO
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.