Ordenanza Nº 2796/2022

Aceptando terreno donado por la cooperativa electrica de urdampilleta

Ordenanzas · 26 de mayo de 2022 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Las Malvinas son Argentinas

Bolívar, 24 de Mayo de 2022 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8266/22 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2796/2022 = ARTÍCULO 1º: Acéptase en carácter de donación Circunscripción IX, Sección C, Quinta 5, Parcela 4 Matrícula 27713 que la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Urdampilleta Limitada transfiere a la Municipalidad de Bolívar, y convalídese el Convenio de Donación, suscripto con fecha 20 de Agosto de 2020.El convenio expresa:------------------------------------------------------------------------------------ CONTRATO DE DONACIÓN En la ciudad de Bolívar, a los 20 días del mes de Agosto de 2020, entre la COOPERATIVA ELECTRICA Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE URDAMPILLETA LIMITADA, representada en este acto por su Presidente Sr. Juan Alberto Miguel, DNI: 13.829.241, con domicilio en Gral. Lavalle N° 145 de la Localidad de Urdampilleta Partido de Bolívar, en adelante EL DONANTE y LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR, representada por su Intendente Municipal Sr. Marcos Emilio PISANO, DNI: 26.643.164, con domicilio en Av. Belgrano N° 11 de la Ciudad de Bolívar, en adelante EL DONATARIO, se conviene celebrar este "CONTRATO DE DONACIÓN" sujeto a las siguientes consideraciones: I Que las partes tienen objetivos comunes y que por tanto la colaboración permitirá aprovechar al máximo sus potenciales; II Que tiene interés positivo la unión y la coordinación del Municipio con instituciones a fin de sumar esfuerzos para establecer caminos de actuación que favorezcan e incrementen el beneficio de la comunidad de Bolívar, por lo cual, se considera oportuno suscribir el siguiente protocolo; PRIMERA: EL DONANTE entrega en forma gratuita a favor del DONATARIO el inmueble identificado catastralmente como Secc. C Quinta 5 Parcela 4 Partida 27.713, siendo de su propiedad y ubicados en la localidad de Urdampilleta. SEGUNDA: El objeto de esta donación es satisfacer el Derecho a la vivienda y el hábitat digno, destinado a la construcción de viviendas sociales.- TERCERA: En este acto el DONANTE entrega al DONATARIO la tenencia y posesión del bien donado y éste acepta la donación en la forma pactada.- CUARTA: EL DONATARIO se obliga a cumplir en forma cabal con el cargo establecido por EL DONANTE en la cláusula SEGUNDA de este contrato.- QUINTA: La escritura traslativa de dominio se realizara a través de la Escribanía General de Gobierno o escrituración de forma privada, para lo cual se establece un plazo de seis (6) meses como máximo. SEXTA: El presente contrato se encuentra sujeto a su aprobación ad referéndum de la asamblea de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos De Urdampilleta Limitada. SEPTIMA: En lo no previsto por las partes en el presente Contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.-

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OCTAVA: Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este Contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en el encabezamiento de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito. NOVENA: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las PARTES se someten a la competencia ordinaria de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Azul para todos los efectos derivados de este contrato y renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles. En el lugar y fecha indicada, en prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ---------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2022. FIRMADO

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.