Ordenanza Nº 2718/2021
Addenda al contrato con pagustech SRL
H. Concejo Deliberante Bolívar
Bolívar, 5 de mayo de 2021 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 7978/21 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2718/2021= ARTÍCULO 1º: Convalidase la Adenda al Contrato de Locación de Servicios para la provisión de los servicios de uso de la Plataforma URBETRACK para la gestión de dispositivos GPS portátiles, suscripta el día 1 de Enero de 2021, entre la Municipalidad de Bolívar y la firma PAGUSTECH S.R.L, que tiene por objeto prorrogar la vigencia del Contrato mencionado por el plazo de doce (12) meses, como así también modificar el Anexo III a través de los cuales se establece la contraprestación del servicio brindado, y que expresa: ----------------------------------------------------------------------------------------
ADDEN DA PRORROGA CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS En la ciudad de San Carlos de Bolívar, a los 01 días del mes de Enero del año 2021, entre la Municipalidad de Bolívar, con domicilio en Avda. Belgrano Nº 11de la ciudad mencionada, representada en este acto por su Intendente Municipal Sr. Marcos EmilioDNI: 26.643.164, en adelante denominada "EL CONTRATANTE" y por la otra parte PAGUSTECH S.R.L. con domicilio en la calle Cerrito 520 Piso 90 F (1010), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Angel Luis Brusca, con DNI 12.714.056 en su carácter de apoderado de la misma, en adelante denominado "EL PRESTADOR", convienen en celebrar la presente prórroga al contrato de locación de servicios firmado el día 04 de enero de 2016 sujeto a las siguientes clausulas: ANTECEDENTES: Que en fecha el día 04 de Enero de 2016, los firmantes suscribieron un contrato de locación de servicios mediante el cual el PRESTADOR proveyó al CONTRATANTE, la provisión de los servicios de uso de la Plataforma URBETRACK acordados para la gestión de dispositivos GPS portátiles, por el término de (12) doce meses contados a partir del día 01 de Enero de 2016, EL CUAL ha sido renovado por periodos de doce (12) meses mediante la suscripción de las correspondientes adendas.------------------------------------------------------ PRIMERA: PRÓRROGA. Las partes convienen en prorrogar la ejecución del contrato por el plazo de doce (12) meses, desde el día 01de Enero de 2021, venciendo el día 31de Diciembre de 2021 SEGU N DA: CONDICIONES. Subsistirán a todos los efectos legales, las condiciones establecidas en el contrato de servicios de fecha 04 de Enero de 2016 y sus anexos que no fueran particularmente modificadas en la presente prórroga.----- ---------------------- ---- TE RCERA: MONTOS. Como contraprestaci ón por los servicios objeto del presente, la Locado ra percibirá los montos que se detallan en los Anexos del contrato "Condiciones Comercial es y de Prestación del Servicio",que se adjunta al presente.-------- ----- CU ARTA: DOMICI LIOS ESPECIALES. COM PETENCIA. Las partes constituyen domic ilios en los indicados en el encabezamiento para todos los efectos del presente contrato, somet iéndose en caso de conflicto a la jurisdi cción de los Tribunales del Departamento Judicial Azul y renunciando a cualqu ier fuero o jurisdicción que pudiere corresponderl es. ------------------------- En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Bolívar, a los 01días del mes de Enero de 2021.--
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H. Concejo Deliberante Bolívar
Anexo 111 (Remplaza anexos del contrato vigente) Condiciones Comerciales y de Prestación delServicio. PRECIO: ElCLIENTE abonará al PRESTADOR como contraprestación por el servicio brindado, descripto en el presente Anexo IV del contrato vigente, los cargos MENSUALES correspondientes a los servicios de abonos para "AVL", dispositivos antipánico "Vía pública" y Dispositivos de geolocalización "Portables". Servicio de soporte I mantenimiento de la Plataforma URBETRACK de los mencionados. El valor unitario por cada móvil para el servicio de AVL será de $ 1.359,00.- (Pesos Un miltrescientos cincuenta y nueve). Para el servicio de dispositivos antipánico en "Vía pública" el valor unitario será de $ 2.138,40 (Pesos Dos mil ciento treinta y ocho con 40/100). Para el servicio de dispositivos de geolocalización "Portables" el valor unitario será de $ 853,60 Son pesos Ochocientos cincuenta y tres con 60/100). Estos valores entrarán en vigencia partir del primer día de Enero de 2021, en carácter de ajuste semestral. Todos los valores están expresados con el l.V.A. incluido. FORMA DE PAGO: Los precios definidos en la cláusula anterior como cargos MENSUALES , serán abonados en forma mensual. Los importes determinados precedentemente serán abonados mes adelantado por el CLIENTE dentro de los cinco (5) días de recepcionada la correspondiente factura en el domicilio de ésta última. Costo de rescisión de contrato anticipado:--------------------------------------------------- Transcurridos 365 (trescientos sesenta y cinco) días desde la instalación, cualquiera de las partes podrá resolver el presente Contrato por causa imputable a la contraparte; ello previa intimación fehaciente que en tal caso deberá cursarle la parte cumplidora a la incumplidora otorgándole un plazo nunca inferior a 1O (días) tendiente a que regularice su situación. EL importe de rescisión anticipada corresponde al 20 % del saldo del contrato.------------------------------------ ---------------------- SERVICIOS GENERALES--------------------------------------------------------------------- Mesa de Ayuda : Incluye soporte sobre el uso de la plataforma, sus módulos y acceso a reportes. Servicio a realizar de lunes a viernes y de 9:00 a 18 Hs.---------------------------------------- Todos los importes descriptos en el presente documento son y/o serán actualizados tomando como referencia las variaciones salariales de Empleados de Comercio y serán ajustados a partir de la firma del mismo cada seis meses o de inmediato en el caso de un incremento en la moneda de referencia superior al veinte por ciento.--------- ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ---------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2021.
FIRMADO
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.