Ordenanza Nº 2643/2020
Contrato de locación por prestación de equipamiento con elinpar s.a
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 8 de Mayo de 2020 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 7710/20 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2643/2020= ARTÍCULO 1º:Convalidase la Adenda al Contrato de Locación de Servicios para la prestación del equipamiento de HW y el Software para la Gestión del Servicio de Estacionamiento Medido denominado Elinpar, suscripta el día 28 de Diciembre de 2019, entre la Municipalidad de Bolívar y la firma ELINPAR S.A, que tiene por objeto modificar el Anexo I del Contrato de Locación de Servicios suscripto el día 26 de Diciembre de 2017, mediante el cual se establece la "REMUNERACIÓN A PERCIBIR POR LA LOCADORA EN CONTRAPRESTACION POR LOS SERVICIOS PRESTADOS" y que expresa --------------------------------------------------------------------- ADDENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS A los 28 días del mes de diciembre de 2019, entre ta Municipalidad de Bolívar con domicilio legal en Av. Belgrano N° 11, representada en este acto por el señor Intendente Municipal Sr. M arcos Em ilio Pisa no, D.N.I 26.643.164, en adelante denominada la "Locataria" por una parte, y, por la otra ELINPAR S.A., con domicilio en San Martín 536, 1er. Subsuelo (C1004AAL) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Apoderado Sr. Rubén Waynsztok, DNI: 4.535.947, en adelante denominada la "Locadora", convienen en celebrar la presente Addenda al Contrato de Locación 'de Servicios suscripto el día 26 de Diciembre de 2017, por el término de tres (3) años, sujeta a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIM ERA: La presente Addenda tiene por objeto modificar el ANEXO I del Contrato de Locación de Servicios suscripto el día 26 de Diciembre de 2017, mediante el cual se establece la "REMUNERACIÓN A PERCIBIR POR LA LOCADORA EN CONTRAPRESTACION POR LOS SERVICIOS PRESTADOS".- SEGUNDA: Modificase el Anexo I del "CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS", el que quedará redactado de la siguiente manera: "ANEXO 1 . REMUNERACIÓN A PERCIBIR POR LA LOCADORA EN CONTRAPRESTACION POR LOS SERVICIOS PRESTADOS.- ♦ Se acuerda que la Locadora cobrará -desde el día de la firma del presente y hasta el día 25 de Diciembre de 2020- la suma de Pesos Cinco con 30/100 ($5,30) por cada módulo equivalente a una hora de estacionamiento. ♦ Este valor se mantendrá entre las partes hasta el vencimiento del contrato (26-12-2020), excepto que se produzcan cambios significativos en los parámetros que intervienen en la formación del precio (incrementos que superen el 10%).- El incremento que pudiere resultar no podrá exceder del cincuenta (50%) del valor hora,- ♦ El valor que corresponda para los años subsiguientes, en virtud de los cambios en las variables económicas, será determinado y acordado por las partes al inicio de cada año en una Addenda adicional. • La Locatario solicitará periódicamente a la Locadora l a provisión de medios de pago, físicos y virtuales. • La Locataria solicitará dichos medios de pago en formato de horas, incluyendo, por ejemplo: recarga para celulares, recarga para tarjetas RFID, horas de estacionamiento puntual para los Puntos de Venta, horas equivalentes para el Pago Voluntario de Infracciones y horas para abonos mensuales. • La Locadora facturará en el momento de la entrega de los medios de pagos (físicos y virtuales). ~ • El costo del abono mensual será el equivalente a 125 (ciento veinticinco) horas de estacionamiento, percibiendo la Locadora el equivalente a la cantidad de horas del abono multiplicado por el valor de $ ¡5,30 (Pesos Cinco con 30/100) hasta el 28 de Diciembre de 2020. - Se establece un valor mínimo de facturación de Pesos Cincuenta y nueve mil con 00/100 ($59.000,00).- Si el valor mínimo a facturar fuera superado por el efectivo cobrado en concepto de horas y multas de pago voluntario, la Locadora facturará la diferencia que corresponda. • Por cada infracción de pago Voluntario, la Locadora percibirá el valor que resulte de multiplicar el cantidad de horas que se establezca para la Infracción (Ej. 12 hs.), por el valor de $5,30 (Pesos Cinco con 30/100). Esto será aplicable para todas aquellas infracciones que sean pagadas dentro del plazo establecido por el Municipio para esta modalidad de Pago Voluntario"...........-.......................—- En prueba de conformidad se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto -recibiendo cada parte el suyo- en lugar y fecha al comienzo indic ado.— .........-......—........------......-.................-........................ ARTÍCULO 2º:Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
H. Concejo Deliberante Bolívar DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2020. FIRMADO
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.