Ordenanza Nº 2549/2019
Convenio específico de cooperación tecnológica ordenanza 2549/2019
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 25 de Abril de de 2019
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 7522/18 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2549/2019 =
ARTICULO 1º: Convalídese el Convenio Específico de Cooperación Tecnológica suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y el Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires, el cual tiene por finalidad establecer mecanismos ágiles, seguros y eficientes para el acceso por parte del Ministerio a los Desarrollos Tecnológicos que la Municipalidad posee en materia de segundad, como así también la facilitación de información sobre presuntos delitos que se cometan en su territorio, con el fin de mejorar el resultado de las investigaciones penales preparatorias, que expresa: ----------- CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN TECNOLÓGICA ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR Entre el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires (en adelante, "MPBA"), representado en este acto por el Sr. Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Dr. Julio M. CONTE-GRAND, con domicilio en avenida 13, entre calles 47 y 48, piso 1o (Palacio de Tribunales), de la ciudad de La Plata, y la Municipalidad de Bolívar (en adelante, la "Municipalidad"), representada en este acto por el Sr. Intendente Interino, Sr. Marcos Emilio Pisano, con domicilio en Av. Belgrano N° 11 del Partido de Bolívar, denominados como las "Partes", y CONSIDERANDO: I.- Que con fecha 14 de Noviembre de 2018 las Partes suscribieron un Convenio Marco de Colaboración con miras a fortalecer el vínculo institucional y establecer un ámbito formal para el desarrollo de diversas actividades de interés común. II.- Que, en los términos del art. 190 de la Constitución Provincial, la Municipalidad tiene a su cargo la administración de* los intereses y servicios locales del partido en el ámbito de su competencia territorial, para lo cual ha implementado diversas herramientas y/o desarrollos tecnológicos en materia de seguridad urbana -cuyo detalle obra en el Anexo I del presente-con miras a prevenir el delito en su territorio (en adelante, los "Desarrollos Tecnológicos"). III.- Que en lo que aquí interesa el MPBA tiene a su cargo el diseño de la política criminal en el ámbito de la provincia de Buenos Aires en el marco de su proyecto institucional, resultando los Desarrollos Tecnológicos potencialmente útiles para la investigación de presuntos delitos que lleva adelante el MPBA y como fuente de eventuales elementos de convicción y prueba en las investigaciones penales preparatorias. IV.- Que en función de todo ello, las Partes acuerdan suscribir el presente convenio específico de colaboración tecnológica (en adelante, el "Convenio"), el cual se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Este Convenio tiene por finalidad establecer y acordar mecanismos ágiles, seguros y eficientes para el acceso por parte del MPBA a los Desarrollos Tecnológicos que la Municipalidad posee en materia de seguridad, como así también la facilitación de información y/o documentación sobre presuntos delitos que se cometan en su territorio y que se obtengan a partir de los Desarrollos Tecnológicos, con el fin de mejorar el resultado de las investigaciones penales preparatorias que el MPBA lleva adelante a través de las Unidades Fiscales de Investigación en el marco de las competencias y funciones que le son propias. SEGUNDA: A los fines de cumplimentar el objeto del presente Convenio, conforme lo previsto en la
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H. Concejo Deliberante Bolívar cláusula primera precedente, las Partes acuerdan crear una mesa de trabajo que estará integrada por el Fiscal General del Departamento Judicial de Bolívar -o bien por la persona que él designe a tal efecto - quien actuará en representación del MPBA-, y por la Dra. Mariana Soledad Eldi, quien actuará en representación de la Municipalidad. La mesa de trabajo que se constituya deberá elevar una propuesta de implementación de los respectivos mecanismos de acceso a los Desarrollos Tecnológicos y a la información o documentación que se obtengan a partir de ellos, a la Secretaria de Política Criminal del MPBA, la cual se expedirá respecto de su procedencia o viabilidad en un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días. Una vez aprobada la propuesta de trabajo, las Partes se comprometen a cumplir todas las obligaciones que se encuentren a su cargo para su inmediata implementación y puesta en funcionamiento. TERCERA: Asimismo, y teniendo en cuenta los objetivos institucionales que cada una de las Partes posee en el marco de sus funciones y competencias, la Municipalidad se compromete a realizar, con personal y recursos propios, un relevamiento y una base de datos de todas las cámaras de seguridad - públicas y/o privadas- que existen en la vía pública y categorizarlas (domo, cámara fija, etc.), a los fines de que el MPBA conozca su exacta ubicación y características, pudiendo así adoptar y/o solicitar, en tiempo y forma, las medidas que considere oportunas para preservar y acceder a las filmaciones que en cada caso considere relevantes para la investigación de presuntos delitos. Asimismo, la Municipalidad se compromete a mantener actualizado el detalle de las cámaras que existen en el partido de Bolívar, al menos con una periodicidad de ciento ochenta (180) días. CUARTA: A los fines que pudiera corresponder, las Partes constituyen sus respectivos domicilios legales en los lugares indicados en el encabezamiento, los que se considerarán válidos -en tanto no se notifique en forma fehaciente su modificación- para todas las notificaciones o comunicaciones judiciales o extrajudiciales que pudiere corresponder. QUINTA: El presente Convenio tendrá vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de su firma y se renovará automáticamente por iguales períodos, siempre que ninguna de las Partes comunique con previo aviso de sesenta (60) días y por escrito su voluntad de rescindirlo. SEXTA: Cualquier discrepancia que se suscitara en la ejecución o interpretación del presente Convenio, será resuelta amigablemente por las Partes atendiendo a los intereses comunes que motivaron su celebración y al principio de buena fe. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata; el 14 de Noviembre de 2018. ANEXO I Los recursos tecnológicos con los que cuenta el municipio a la hora de trabajar en prevención y seguridad: • 80 (ochenta) cámaras de seguridad distribuidas en todo el partido de Bolívar, de las cuales 62 son fijas, 16 son domos y 2 LPR (lectoras de patentes) ubicadas en una de las entradas principales de la ciudad. • 4 (cuatro) bases radio. Con radio frecuencia policial, hospital, bomberos y defensa civil. • 19 (diecinueve) Handy. Cada agente cuenta con su Handy a cargo. • 5 (cinco) móviles con AVL (Automatic Vehicle Location-Localización Automática de Vehículos) • 8 (ocho) botones antipánicos fijos en postes distribuidos estratégicamente por la ciudad pudiendo reportar emergencia a policía, bomberos y ambulancia. • 11 (once) botones antipánicos personal. Entregados al día de la fecha: 9 (nueve). ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.------------------------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2019. FIRMADO
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.