Ordenanza Nº 2391/2016

Donando terrreno para construccion juzgado de paz

Ordenanzas · 16 de noviembre de 2016 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar 2016Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia

Bolívar, 17 de Noviembre de 2016 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 7136/16 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 2391/2016 =

ARTÍCULO 1º: Donase a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, una parcela de terreno en la localidad de Bolívar cuyos datos Catastrales son los siguientes: Circunscripción I, Sección A, Manzana 31, Parcela 11, Matrícula 26259, de propiedad de la Municipalidad de Bolívar.- ARTICULO 2º: Efectuase la presente donación con cargo expreso para la Suprema Corte de Justicia de efectuar en el plazo máximo de 4 años desde el otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio, a construir el edificio donde funcionara el Juzgado de Paz. ARTICULO 3º: En caso de que en el término previsto por cualquier motivo o circunstancia, vinculada o no a la voluntad de la donataria, no se haya concretado la construcción, la misma deberá restituir la propiedad del inmueble a la Municipalidad de Bolívar para darle una nueva finalidad. En ningún caso, la restitución por imposibilidad de cumplimiento del cargo dará derecho, ni a la donante ni a la donataria, a reclamar conceptos patrimoniales ni extra patrimoniales derivados de las circunstancias del caso. ARTICULO 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus representantes legales, a suscribir la Escritura Pública traslativa del Dominio por ante la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, y demás documentación pertinente a favor de la donataria así como abonar todos los gastos, impuestos, honorarios y demás erogaciones que este acto origine. ARTICULO 5º: Las erogaciones que se originen con motivo del cumplimiento de la presente, serán efectuadas a través de la utilización de las partidas pertinentes del presupuesto Municipal. ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------------------------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.

H. Concejo Deliberante Bolívar 2016Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.