Ordenanza Nº 2348/2015
Desafectando calle rural
H. Concejo Deliberante Bolívar
Bolívar, 30 de Octubre de 2015 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº /15 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2348/2015 =
ARTÍCULO 1º: Desafectase los tramos de calle cedida por plano 11-110-59 ubicado
entre las Parcelas 579r y 579h, el tramo ubicado entre las Parcelas 579s y 579k y el
tramo ubicado entre las Parcelas catastrales 579s y 579d con una superficie total de
2Has. 33As. 44Cas. o ARTÍCULO 2º: Reubíquese el tramo de calle aludido en el Artículo 1 sobre el límite NE
de las Parcelas catastrales 579r y 579s que el plano de "Mensura, Unificación,
División y Cesión de calle" presentado para su Visado cederá y librará al uso público.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2015. FIRMADO:
H. Concejo Deliberante Bolívar
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.