Ordenanza Nº 2158/2011
Plan de construccion de rampas, baños en el parque
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 31de Mayo de 2011
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 6409/11
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2158/2011 = ARTICULO 1º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Plan de Obras e Inversión en etapas, para la reparación y/o construcción de rampas, colocación de discos identificatorios en lugares para ascenso y descenso de personas discapacitadas, estacionamientos reservados para vehículos que posean obleas identificatorias, según lo establece la Ley nº 19.279 y sus modificatorias 22.499 y 24.183,construcción de baños en el Parque Municipal y mejoramiento de toda estructura que permita el libre acceso a toda persona discapacitada ARTICULO 2º: Ejecútese esta serie de obras con dinero que será recibido por la Municipalidad de Bolívar durante el año 2011 del “FONDO SOLIDARIO DE LA SOJA”; ARTICULO 3º: Notifíquese a los hoteles, restaurantes y estaciones de servicio, organismos provinciales y/o nacionales que tendrán un plazo de 120 días, a partir de la sanción de la presente Ordenanza para adecuar las instalaciones para ser utilizadas por personas con capacidad diferente. ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR A TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2011.
FIRMADO: MARCELO VALDEZ RICARDO CRIADO A/C SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.