Ordenanza Nº 1888/2006
Excepcion a la zonificacion
Bolívar, 20 de Noviembre de 2006 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5659/06
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 1888/2006 =
ARTICULO 1º: Autorízase a modificar los Indicadores Urbanísticos de la Parcela de referencia ubicada en Z/U/CAS 3.
ARTICULO 2º: Adóptese los siguiente Indicadores Urbanísticos del Anexo 2 de la Ordenanza N° 1692/03. F.O.S: 0,6 F.OT: 3,6 D.N. 650/hab/ha. Superficie Mínima: 600.00 m2. Parcela Mínima: Frente: 20,00 m2
ARTICULO 3º: Se deberá asegurar un lugar dentro de la parcela para el alojamiento mínimo de un vehículo por unidad funcional.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2006 FIRMADO:
MARCELO VALDEZ JOSE GABRIEL ERRECA Srio. Adm. HCD Presidente HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.