Ordenanza Nº 1794/2005

Modificando ordenanza 1592/2001

Ordenanzas · 1 de junio de 2005 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 2 de Junio de 2004 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5322/05

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 1794/2005 = ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1592/2001, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º: Establécese para el personal profesional, de enfermería y chóferes de los Hospitales del Partido de Bolívar, la siguiente escala de viáticos por acompañar a pacientes críticos, que deban ser trasladados de los hospitales municipales de Bolívar, Urdampilleta y Pirovano, a otros establecimientos públicos o privados de mayor complejidad: 1. Hasta ciento veinte kilómetros (120 Km.) de recorrido (ida) Pesos Cincuenta ($ 50.) para el Profesional; Pesos Quince ($ 15.) para el Enfermero y Pesos Quince ($ 15.) para el Chofer. 2. Hasta trescientos kilómetros (300 Km.) de recorrido (ida) Pesos Setenta y Cinco ($ 75.) para el Profesional; Pesos Veintidós ($ 22.) para el Enfermero y Pesos Veintidós ($ 22.) para el Chofer. 3. Más de trescientos kilómetros de recorrido (ida) Pesos Doscientos ($ 200.) para el Profesional; Pesos Cincuenta ($ 50.) para el Enfermero y Pesos Cincuenta ($ 50) para el Chofer.” ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A UN DIA DEL MES DE JUNIO DE 2005.

FIRMADO:

DANIEL VALLONE JOSE GABRIEL ERRECA Secretario HCD Presidente HCD

ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.