Ordenanza Nº 1735/2004
Sentido unico a calle mitre
Bolívar, 29 de Abril de 2004 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5141/04
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 1735/2004 = ARTÍCULO 1o ): Inviértase el sentido de circulación en la Calle Mitre del 800 al 700, a fin de evitar trastornos de circulación, y riesgos de accidentes de diversa índole. ARTICULO 2o ): Habilítase la calle Mitre del 700 al 800 exclusivamente co mo lugar de estacionamiento para automóviles, la calzada que se encuentra entre plaza Mitre y la rambla. ARTICULO 3o ): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. --------------------------- -------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2004.
FIRMADO:
DANIEL VALLONE JOSE GABRIEL ERRECA Secretario HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.