Ordenanza Nº 1717/2003
Modificando art. 2° ordenanza 1683/2002
Bolívar, 27 de Noviembre de 2003 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5081/03
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 1717/2003 = ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 2º) 1683 de 2002, quedando redactado de la siguiente manera: “Aféctense los fondos mencionados en el artículo ante rior a financiar las inve rsiones que seguidamente se detallan y por los montos que en cada caso se indican: Obras de Electrificación Rural: Plan Piloto Marsiglio – Vallimanca – Escuela 14 $ 15.000 Cordón cuneta 1 cuadra en Avda. Italia $ 20.000 Reequipamiento y actualización del sistema informático (Municipalidad de Bolívar y Hospital Capredoni $ 30.000 Construcción Planta Reciclado $ 20.000 Convenio INTA – Producción de Reinas $ 3.000 Alteos Caminos troncales, provinciales y vecinales $ 24.929.85 TOTAL $ 112.929.85
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2003.
FIRMADO
SEBASTIÁN A. REYNOSO MARIA INES LONGOBARDI Secretario HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.