Ordenanza Nº 1645/2002
Implementando sistema educacion a distancia
Bolívar, 7de Marzo de 2002 Ref. Exp. Nº 4710/02
= ORDENANZA Nº 1645/2002 = ARTICULO 1º: Imple méntase el Sistema “Educación a Distancia” de las Universidades e Instituciones de la Red Media Educativa. ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto de Gastos Vigente, en la Finalidad I Programa 7 Sección 02, Sector 05 Inciso 01 Partida Principal 09 “Equipamiento s/Contrato Educación a Distancia” por un monto de PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700.-). EL crédito necesario podrá ser tomado de la Finalidad 06, Sección. 01, Sector 04, Inciso 01 “Crédito Adicional”. ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 6 DIAS DEL MES DE MARZO DE 2002
FIRMADO
SEBASTIÁN A. REYNOSO MARIA INES LONGOBARDI Secretario HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.