Ordenanza Nº 1636/2002

Aceptando para pago de tasas patacones y lecop

Ordenanzas · 7 de enero de 2002 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 8de Enero de 2002 Ref. Exp. Nº 4705/01

= ORDENANZA Nº 1636/2002= ARTICULO 1º: Convalídase el Decreto ad-referéndum Nº 1046 del Departamento Ejecutivo, cuyo ARTICULO 1º establece que para el pago de Tasas, Contribuciones y Derechos, establecidos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigente, acéptase hasta el Cien por Ciento (100%) de las mis mas en Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones (Patacón) Serie “B” y/o Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales “LECOP”, Ley 12774. ARTICULO 2º: Para el pago de Multas impuestas por la Justicia de Falta Municipal, acéptase hasta el Cien por Ciento (100%) de las mis mas en Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones (Patacón) Serie “B” y/o Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales “LECOP”, Ley 12774. ARTICULO 3º: Autorízase al DE a utilizar para la Cancelación de sus obligaciones las Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones (Patacón) Serie “B” y/o LECOP que haya recibido por aplicación del Artículo 1º) del presente o por Coparticipación de Impuestos. Las remuneraciones municipales podrán ser canceladas en Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones (Patacón) Serie “B” y/o LECOP, en hasta el Setenta por Ciento (70%) sobre el importe de las mismas. Podrá acordarse con los agentes municipales en el supuesto de retenciones por cuenta de terceros (existiendo convenios expresos), el pago en igual forma. Facúltase al DE a rectificar Convenios de retención de haberes a fin de adecuarlos al pago en las Letras mencionadas. ARTICULO 4º: Derógase toda norma que se oponga a la presente. ARTICULO 5º: La vigencia de lo establecido en la presente rige a partir del 1º de Diciembre del año 2001. ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 7 DIAS DEL MES DE ENERO DE 2002

FIRMADO

SEBASTIÁN A. REYNOSO MARIA INES LONGOBARDI Secretario HCD Presidente HCD

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.