Ordenanza Nº 1625/2001
Otorgando rebaja en el pago de tasas a empleados municipales
OJO DEROGADA 1637/2002 Bolívar, 29 de Noviembre de 2001 Ref. Exp. Nº 4608/01 = ORDENANZA Nº 1625/2001 = ARTICULO 1º: Otórgase una rebaja del treinta por ciento (30%) sobre las Tasas por Servicios Sanitarios y Conservación de la Vía Pública, que correspondan a viviendas de obreros y empleados municipales, correspondie ntes a las categorías 1 a 16 inclusive, comprendidos en el Decreto Nº 3 de 1997 y que reúnan las siguientes características: a) Sean vivienda única y de ocupación permanente. b) Sean única propiedad c) Tengan sus tasas municipales al día y/o suscriban un convenio de regularización autorizando al DE a descontar mensualmente las cuotas adeudadas del plan, de los haberes a percibir por el agente municipal. Las cuotas del Plan de Regularización no podrán superar el 5% de los habe res mensuales netos de aportes previsionales, sindicales y de obras sociales.- ARTICULO 2º: La Oficina de Tasas Urbanas será la responsable, a solicitud del obrero o empleado municipal, de comunicar a la Oficina de Cómputos la oportunidad de realización de la rebaja. Para tales fines deberá confeccionar un legajo, en el que constarán: a) Certificación de la calidad de obrero o empleado municipal. b) Informe de Catastro sobre la característica de única propiedad del inmueble en cuestión. c) Declaración Jurada del obrero o empleado municipal que el inmueble constituye su vivienda y que el mismo es de ocupación permanente. Informe de la Oficina Impositiva Municipal en el que conste que el inmueble se encuentra libre de deuda. ARTICULO 3º: Deróganse las Ordenanzas Nº 104/84 y 588/89 y toda norma que se oponga a la presente. ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 28 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2001
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.