Ordenanza Nº 1616/2001
Modificando ordenanza 1581/2000
MODIFICADA POR 1618 Bolívar, 25 de septiembre de 2001 Ref. Exp. Nº 4623/01 = ORDENANZA Nº 1616/2001 = ARTICULO 1º: Incorpórase en el Artículo 60º) de la Ordenanza Impositiva vigente como inciso d’) el siguiente: “d’) Por trabajas realizados por maquinaria vial municipal se abonará: a) Utilización de retroexcavadora, por metro lineal..............................$ 1,00.- b) Utilización de maquinaria municipal por tareas varias, por hora, por máquina........................................................................$ 20,00.- c) Utilización de pala de arrastre, por día.......................................$ 30,00.- d) Utilización martillo neumático, por hora...................................$ 20,00.- ARTICULO 2º: Incorpórase en el Artículo 16º) de la Ordenanza Impositiva vigente como inciso w) el siguiente: “w) “Por utilización de palcos municipales, escenarios, etc. su armado y traslado: 1) En días hábiles $ 50.- por día. 2) En días sábados, domingos y feriados $ 100.” ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 24 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2001 CON LA PRESENCIA DE LOS SRES. M AYORES CONTRIBUYENTES.
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.