Ordenanza Nº 1603/2001
Incorporando manzana a area urbana
Bolívar, 17 de Julio de 2001 Ref. Exp. Nº 4583/01 = ORDENANZA Nº 1603/2001 ARTICULO 1 : Desaféctese de Zona Residencial 2 a las 1 a 25 de la Manzana 98, o
CIRCUNSCRIPCIÓN IX, SECCIÓN B. ARTICULO 2º: Incorpórese ai Área Urbana, como Distrito de Urbanización Especial a la Parcelas 1 a 25, Manzana 98, CIRCUNSCRIPCIÓN IX, SECCIÓN B. ARTICULO 3o : Adóptese para el Distrito de Urbanización Especial los siguientes Indicadores Urbanísticos. Según la Planilla 2 del Anexo I de la Ordenanza 329/79: F.O.S.; 0,6 F.O.T.: 1 DENSIDAD NETA MÁXIMA: 100 Hab/Ha. SUPERFICIE MÍNIMA PARCELA: 600 Metros cuadrados ANCHO MÍNIMO PARCELA: 10 metros. ARTICULO 4o : Determínese para la zona los usos establecidos en la Planilla 1 de la Ordenanza 329/79. ARTICULO 5º:Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 16 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2001
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.