Ordenanza Nº 1585/2001

Eximiendo del pago de tasas a huertas organicas comunitarias para discapacitados

Ordenanzas · 2 de enero de 2001 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 3 de Enero de 2001 Ref. Exp. Nº 4498/00

= ORDENANZA Nº 1585/2001 = ARTICULO 1º: Exímese del pago de Tasas de Servicios Municipales, a los inmuebles que hayan sido cedidos en comodato gratuito, por los titulares de los dominios, por el período de vigencia de la cesión, y en la proporción de la superficie utilizada, para el desarrollo de Planes Trabajar o similares, que instrumente la Nación o la Provincia de Buenos Aires, y/o la Municipalidad de Bolívar, para Huertas Orgánicas Comunitarias para Discapacitados y cuya producción sea destinada al consumo de Comedores Escolares. ARTICULO 2º: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda y la Dirección de la Producción. ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 02 DIAS DEL MES DE ENERO DE 2001

FIRMADO

MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.