Ordenanza Nº 1527/99
Eximición a las rifas y/o campañas de las cooperadoras del hospital y bomberos
Bolívar, 10 de Noviembre de 1999 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. N° 4209/99
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS LEGALES FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE: . ORDENANZA Nº 1527/99 = ARTICULO 1º: Exímase del pago del porcentual del 5% que corresponde al Consejo Escolar de Bolívar, a las rifas y/o campañas de Socios Protectores de las Cooperadoras de los Hospitales Municipales del Partido de Bolívar, en virtud de la loable labor comunitaria que realizan. ARTICULO 2º: El beneficio a que hace referencia el Artículo 1º) es otorgado por el presente Ejercicio. ARTICULO 3: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1999. FIRMADO: MARTA OLIVERA Secretaria HCD RICARDO CRIADO Presidente HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.