Ordenanza Nº 1510/99

Condonando deuda a usuarios de la obra de gas natural

Ordenanzas · 7 de junio de 1999 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 8 de Junio de 1999 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. N° 4132/99

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS LEGALES FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

= ORDENANZA Nº 1510/99 = ARTICULO 1º: Condónanse todas las deudas existentes por obligaciones vencidas o a vencerse por recupero de la obra de gas en la ciudad de Bolívar que, a la fecha del dictado de la presente, mantuvieran los usuarios frentistas. ARTICULO 2º: Los recursos ingresados a la Municipalidad de Bolívar por concepto de recaudación por obra de Gas, a partir de la desafectación dispuesta por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1458/98, y hasta la presente, serán destinados proporcionalmente a los montos asignados, y a las diversas obras de contenido social indicadas en el Artículo 2º de la Ordenanza citada. Solicítase a Contaduría Municipal el informe de lo recaudado por esta cuenta a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza 1458/98, y hasta la fecha de sanción de la presente Ordenanza. ARTICULO 3º: La distribución a prorrata de los fondos indicados en el Artículo 2º se efectuará respecto de aquellas obras que no puedan ser finalizadas con el presupuesto originalmente afectado. ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1999. FIRMADO: MARTA OLIVERA Secretaria HCD RICARDO CRIADO Presidente HCD ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.