Ordenanza Nº 1454/98

Creando programa de autoconstruccion de viviendas por ayuda mutua y esfuerzo propio

Ordenanzas · 13 de julio de 1998 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar 14 de Julio de 1998 AL DEPARTAMENTO ERJECUTIVO REF. EXP. Nº 3944/98

= ORDENANZA Nº 1454/98 =

ARTICULO 1º): Facúltase al Departamento Ejecutivo a desarrollar el PROGRAMA DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS POR EL SISTEMA DE AUTOCONSTRUCCION POR AYUDA MUTUA Y ESFUERZO PROPIO, que se detalla en el ANEXO I.

ARTICULO 2º): Facúltase al Departamento Ejecutivo para que juntamente con la Comisión Municipal de Vivienda elabore los Convenios a celebrarse con cada Beneficiario en el que constarán las obligaciones a cumplir por los mismos, la forma de pago del Plan, las respectivas sanciones por incumplimiento, la forma de reintegro en caso que algún beneficiario se aparte del grupo, etc.

ARTICULO 3º): Facúltase al Departamento Ejecutivo para que juntamente con la Comisión Municipal de Vivienda a elaborar el Reglamento al que deberán ajustarse los beneficiarios, determinándose por ejemplo: cantidad de horas de trabajo en obra, sanciones en caso de incumplimiento, reuniones periódicas del grupo con el objeto de organizarse; inversiones efectuadas; etc. ARTICULO 4º): La presente Ordenanza no modifica la vigencia de otros Planes de Autoconstrucción previstos en las Ordenanza 31/84 y su modificatoria Ord. 80/84.

ARTICULO 5º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE, A TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DE 1998.

FIRMADO: MARTA OLIVERA Secretaria HCD RICARDO CRIADO Presidente HCD ES COPIA

ANEXO 1 DESARROLLO DEL PROGRAMA: CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS POR EL SISTEMA DE AUTOCONSTRUCCIÓN POR AYUDA MUTUA Y ESFUERZO PROPIO. Organización: A cargo del personal de la Dirección de Planeamiento, Dirección de Bienestar Social, en colaboración con la Escuela de Formación Laboral y la Escuela de Educación Técnica. Prototipo de Vivienda: La vivienda constara de dos dormitorios, cocina, comedor, y baño, con un total de 57,36 metros cubiertos, según plano adjunto. Recursos humanos y económicos: Para la obtención de recursos materiales y mano de obra especializada para la construcción de las viviendas, se procederá de la siguiente forma : Recursos materiales: Los mismos consisten en los materiales que debe entregar el Municipio al beneficiario en forma de préstamo hasta un tope de $ 7.000,00 para la construcción de la vivienda, como cemento, pedregullo, arena, etc. El beneficiario abonara mensualmente como mínimo: Pesos $ 90 (pesos noventa) a $ 100 (pesos cien), POR TODO CONCEPTO. Recursos humanos: Para la implementación del proyecto se contara con el personal especializado en sus distintas ramas. Que serán captados del Municipio, de las Escuelas Pilotos, como por ejemplo la Escuela de Educación Técnica- E. T.-, la escuela N 21 de Formación Profesional. Para que el alumnado de las mismas efectúen sus practicas en las obras del presente plan, realizando la instalación eléctrica, de gas, de agua, y trabajos de albañilería en las viviendas, etc. » Asimismo se trabajara conjuntamente con el servicio de Bienestar Social del Municipio, para que el mismo colabore en la tarea de preparar a los grupos de Beneficiarios, informarlos acerca del plan, concientizar a los mismos para la concreción del objetivo propuesto, etc. Se acompaña el programa elaborado por dicho organismo. Requisitos que deben cumplir los postulantes al plan: Los postulantes a los planes de vivienda deberán cumplimentar los siguientes requisitos básicos para la inscripción, los cuales podrán ser ampliados a efectos de ajustarse al plan: -Constituir un grupo familiar -Poseer el solicitante, documento de identidad argentino -Los miembros del grupo familiar, deben carecer de vivienda propia o de patrimonio suficiente, para resolver por sí, esta carencia -Tener capacidad* de pago ACORDE A LA CUOTA PREVISTA. -No haber sido adjudicatarios, ninguno de los miembros del grupo conviviente de viviendas financiadas por el Estado. Se exceptúa de esta disposición a los convenientes que acrediten en forma fehaciente, haber constituido un nuevo grupo familiar. -Tener aptitud física suficiente POR SI O POR TERCEROS QUE NO REPRESENTEN CARGA ECONÓMICA DE MANO DE OBRA PARA EL PLAN. -Tener la posibilidad de aportar horas libres al trabajo personal en obra -Tener una aCtitud positiva frente al programa, tanto del titular como de su grupo familiar. -Acreditar estado civil: En uniones de hechos presentaran información sumaria por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. En caso de divorcios vinculares agregaran copia del testimonio de la sentencia de divorcio. -Tener en caso de construir en terreno propio LAS TASAS Municipales al día en el

momento de solicitar el plan de ayuda. DIAGRAMACION DE LAS ACTIVIDADES PREVIAS La inscripción de postulantes al plan se efectuara desde el día...................... Comenzándose la construcción de las viviendas la ultima semana del mes de............... El sistema de selección de postulantes será por el sistema de puntaje cuyo procedimiento será ajustado por el personal de la Comisión Municipal de la Vivienda de acuerdo a las necesidades zonales. Para la difusión del plan se utilizarán los medios orales y escritos existentes en ésta localidad. Tiene por objeto comunicar a la población el llamado a inscripción, y en la misma se deberá dar a conocer los requisitos mínimos establecidos. La difusión se publicará en forma intermitente a razón de un aviso cada 48 hs., en el caso de publicaciones escritas, y dos por día en horario a prefijar, en el supuesto de publicidad oral y televisiva, durante el lapso de 10 -diez - días corridos. La misma contendrá: Características del programa: esfuerzo y ayuda mutua. ( Especificar el sector de la población al que va dirigido). Ubicación y cantidad de viviendas. (en caso de que sea en terrenos Municipales). Indicar lugar, fecha y horario de entrega de turnos. Indicar los requisitos del grupo a inscribirse y que fueron indicados precedentemente. La inscripción se realizará en el Municipio. Tiene por finalidad la descripción, por parte del interesado, de su situación habitacional y familiar para que el personal de la Comisión Municipal de la Vivienda indique en el formulario, el ítem que corresponda a dicha descripción. Se le da carácter de Declaración Jurada, anotando en cada formulario el puntaje de cada rubro y el final. Para poder inscribirse deben tener constituido un grupo familiar, el interesado y su familia deben vivir en el Partido de Bolívar, el representante de la familia que desee inscribirse deberá presentar toda la documentación enunciada precedentemente y recibo de sueldo correspondiente al mes en curso de todos los miembros del grupo familiar que trabajan y/o información sumaria ante el Juzgado de Paz Letrado con declaración de ingresos.- # Si es trabajador con relación de dependencia: recibo extendido por el empleador con detalle del sueldo líquido, uno por cada miembro del grupo familiar (entendiendo por sueldo líquido el nominal más salario familiar y adicionales permanentes menos aportes jubilatorios y aportes obligatorios o por obra social). Si percibiese los haberes en forma quincenal: Los recibos correspondientes a las dos quincenas del mes solicitado. #Si es trabajador independiente: presentará Declaración Jurada de actividades y remuneración mensual hecha ante Juez o autoridades policiales. # Si algún miembro de la familia está discapacitado total o parcialmente deberá presentar certificado que indique porcentaje de incapacidad. No se pueden inscribir: # Quiénes sean propietarios de viviendas o bienes equivalentes O SUPERIOR al valor de la vivienda que se le va a otorgar, en cualquier punto del país. # Quiénes no constituyan grupo familiar. # Quiénes no posean documento de identidad argentino. Se deja aclarado que no se da ningún tipo de prioridad, ni derechos, el presentarse a la inscripción en los primeros días u horas, en consecuencia tendrán igual oportunidad que los que se inscriban durante el período de inscripción. Actividades desde la determinación del grupo: Una vez determinados los grupos de

beneficiarios se los reunirá en día y hora para informarlos acerca de la implementación del Plan de Ayuda Mutua y Esfuerzo Propio y se evacuarán las consultas personales de los mismos. El personal de Bienestar Social colaborará con dicha función y diagramará la forma de seguir con la atención personalizada de los mismos en el lugar de la obra, a fin de apoyar y consolidar al grupo con su participación. En la Comisión Municipal de la Vivienda se elaborará expediente administrativo por cada beneficiario, con toda la documentación requerida y detallada precedentemente, se agregarán las planillas que se adjuntan en modelo, y la planilla de cuenta corriente individual para cada beneficiario. El beneficiario solicitará los materiales por escrito en su expediente, aceptada su petición se le entregarán los mismos SEMANALMENTE en el lugar de la obra, firmando el mismo el recibo de entrega de materiales. Mensualmente se le dará su estado de cuenta corriente. Los beneficiarios podrán percibir hasta un tope de pesos seis mil quinientos ($ 6.500,00) en forma de materiales fragmentada de acuerdo al avance de obra. Los cuáles tendrán que devolver mensualmente en cuotas iguales - máxima 72 cuotas- en un plazo a estipular de acuerdo a los ingresos que perciban a partir de la entrega de los materiales, y en relación con lo que haya recibido de la Municipalidad, para lo cuál administrativamente se implementará una planilla de cuenta corriente por cada beneficiario donde constará la cantidad de materiales otorgados, conjuntamente en la cuota mencionada se computará el valor del terreno que fije el Municipio. Reglamentación y convenios Se elaborará un reglamento al que deberán ajustarse los beneficiarios, en el mismo se determinará cantidad de horas de trabajo en obra, sanciones en caso de incumplimientos, se fijarán las reuniones periódicas del grupo con el objélo de organizarse, las inversiones efectuadas, etc.. Dicho reglamento se le notiñcara con copia al momento de la firma de los convenios que oportunamente se celebraran con cada beneficiario en el que constaran claramente las obligaciones a cumplir por los mismos, la forma de pago del plan, las sanciones por incumplimiento, la forma de reintegro en caso de que algún beneficiario se aparte del grupo, etc.. Determinación del lugar de obra: El mismo será determinado por el personal técnico de la Comisión Municipal de la Vivienda, gestionando su otorgamiento para el presente fin, los que efectuarán planos correspondiente, mediciones de terreno, planificación y proyecto de la vivienda, dirección y control de obra, etc.. Planificación de obra: - Desde el mes de a: se limpiarán los terrenos, se efectuarán las mediciones y amojonamiento, se implementará la energía eléctrica y agua para el trabajo en obra. - Desde el mes de a : se abrirán y llenarán cimientos hasta capa aisladora. -Desde a : se levantarán paredes hasta encadenado . -Desde a : se colocarán las chapas del techo . -Desde a : se instalarán canos de luz, gas , aberturas , etc. -Desde a : se efectuarán revoques finos y gruesos . -Desde a: se instalarán accesorios de baños, cocina , etc..

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.