Ordenanza Nº 1257/96

Subsidio para alumnos de guarderia infantil

Ordenanzas · 16 de septiembre de 1996 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 3366/96 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE

= ORDENANZA Nº 1257/96 =

ARTICULO lº: Convalídase el Convenio de fecha 30 de abril de 1996, celebrado entre la Municipalidad de Bolívar y el Área de Promoción de la Infancia del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, cuya finalidad es subvencionar la atención gratuita de 20 niños de ambos sexos de 0 a 5 años de edad, provenientes de familias con N.B.I., que necesiten de este aporte para atender la formación y crianza de sus hijos por parte del Consejo de la Familia y Desarrollo Humano, y en un todo de acuerdo a lo establecido en las cláusulas que lo componen.

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 1996 FIRMADO: HUGO GOÑI (PRTESIDENTE)-MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA) ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.