Ordenanza Nº 1257/96
Subsidio para alumnos de guarderia infantil
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 3366/96 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE
= ORDENANZA Nº 1257/96 =
ARTICULO lº: Convalídase el Convenio de fecha 30 de abril de 1996, celebrado entre la Municipalidad de Bolívar y el Área de Promoción de la Infancia del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, cuya finalidad es subvencionar la atención gratuita de 20 niños de ambos sexos de 0 a 5 años de edad, provenientes de familias con N.B.I., que necesiten de este aporte para atender la formación y crianza de sus hijos por parte del Consejo de la Familia y Desarrollo Humano, y en un todo de acuerdo a lo establecido en las cláusulas que lo componen.
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 1996 FIRMADO: HUGO GOÑI (PRTESIDENTE)-MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA) ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.