Ordenanza Nº 1211/96
Consorcio canalero epulauquen a campo siolotto
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXP.Nº 3210/95
EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 1211/96 =
ARTICULO 1°: Deniégase el pedido solicitado por propietarios de parcelas ubicadas dentro del área de influencia del consorcio C-7 "Epulauquen-Campo Siolotto" por las razones expuestas en los informes realizados por la Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo y la Dirección Provincial de Hidráulica y que obran en el expediente de referencia. ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS 8 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 1996
FIRMADO: HUGO GOÑI (PRESIDENTE)-MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA)
¡«OLIVA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.