Ordenanza Nº 1184/96
Plan reconstruccion interior bonaerense etapa ii
Bolívar, 22 de Marzo de 1996
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXP.Nº 3273/96
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE:
= ORDENANZA Nº 1184/96 =
ARTICULO 1º Convalídase el Convenio celebrado con fecha 16 de diciembre de 1994, -- - - - -número 7-002-24, entre el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos y el Sr. Intendente de la Municipalidad de Bolívar, cuyo objeto es realizar la obra: "SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL EN CALLES EN JURISDICCIÓN DEL PARTIDO DE BOLÍVAR" , incluida en el PLAN DE RECONSTRUCCIÓN DEL INTERIOR BONAERENSE - II ETAPA y en un todo de acuerdo a lo establecido en las cláusulas que componen el mismo y que forman parte integrante de la presente como ANEXO I.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 1996.
FIRMADO: HUGO GOÑI (PRESIDENTE) - MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.