Ordenanza Nº 1182/96
Prestamo con el gobierno bonaerense
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP. Nº 3231/96
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
= ORDENANZA Nº 1182/96 =
ARTICULO 1º: Autorízase a la Municipalidad de Bolívar a firmar Acta de Compromiso ----- -por el préstamo de $ 400.000 (Pesos cuatrocientos mil), otorgado por el Superior Gobierno de la Pcia, de Buenos Aires, según Decreto número 4557 de fecha 27 de diciembre de 1995. ARTICULO 2º La Municipalidad de Bolívar asume el compromiso de afectar fondos de - - - - -ejercicios futuros para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5º del decreto número 4557, de devolución, conforme los plazos que estipule el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de la proyección de egresos e ingresos que deberá presentar la Municipalidad de Bolívar conforme al artículo 4to. del decreto número 4557. Todas las cuotas de reintegro deberán incluir la tasa de interés del 8 por mil (0.8 por mil) mensual que se calculará entre la
fecha de otorgamiento del préstamo y la de vencimiento de la cuota respectiva.
ARTICULO 3º:Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS 12 DÍAS DEL MES DE ENERO
DE 1996.
FIRMADO:
MARTA E. OLIVERA HUGO GOÑI
Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.