Ordenanza Nº 1173/95
Modifica ordenanza 925/1996 codigo de faltas
BOLÍVAR,26 de DICIEMBRE de 199S
REF. EXP.Nº 3207/95
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son, propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº: 1173/95
ARTICULO lº:Agréguese a la ordenanza Nº:925/93 (código de faltas municipal el art.41.bis el cual quedará redactado de la subsiguiente forma:La responsabilidad y penalidades descriptas en el art. 41 abarcan también a: casas de remate ferias, consignatarios o representantes de las mismas y propietarios de hacienda. ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese»
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONSEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A LOS 22 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1995
FIRMADO:
MARTA OLIVERA HUGO GOÑI Secretaria Presidente
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.