Ordenanza Nº 1173/95

Modifica ordenanza 925/1996 codigo de faltas

Ordenanzas · 22 de diciembre de 1996 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

BOLÍVAR,26 de DICIEMBRE de 199S

REF. EXP.Nº 3207/95

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son, propias, sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº: 1173/95

ARTICULO lº:Agréguese a la ordenanza Nº:925/93 (código de faltas municipal el art.41.bis el cual quedará redactado de la subsiguiente forma:La responsabilidad y penalidades descriptas en el art. 41 abarcan también a: casas de remate ferias, consignatarios o representantes de las mismas y propietarios de hacienda. ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese»

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONSEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A LOS 22 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1995

FIRMADO:

MARTA OLIVERA HUGO GOÑI Secretaria Presidente

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.