Ordenanza Nº 1135/95
Convenio con el spar
Bolívar, 25 de Agosto de 1995
Ref. Expediente N°: 3138/95
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en USO de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº: 1135/95
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio "Provincia-Municipio", firmado entre e! "S.P.A.R. (Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural) y la Municipalidad de Bolívar, para la ejecución de la Obra de DESAGÜES CLOACALES en la localidad de Urdampilleta, Partido de Bolívar, y en un todo de acuerdo a lo establecido en las cláusulas del mismo.-
ARTICULO 2º: Declárase de utilidad pública y pago obligatorio la Obra "Sistema de Desagües Cloacales - Io Etapa" de la Localidad de Urdampilleta, Partido de Bolívar, para los propietarios de lotes servidos, de acuerdo al detalle que como Anexo -I- forma parte integrante de la presente.-
ARTICULO 3": Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
DADA en la Sala de sesiones del H1 CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 24 días del mes de Agosto de 1995.
FIRMADO:
José Alfredo Acuse Secretario
Alicia Match de Laso Presidenta
ES COPIA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES PODER EJECUTIVO CONVENIO PROVINCIA - MUNICIPIO Entre el Servicio Provincial de Agua Potable Saneamiento Rural (S.P.A.R.) de la Provincia de Buenos Aires representado en este acto por el Sr. Presidente, Lic. Jorge C. Surkin, por la otra la Municipalidad de Bolívar, representada por el Sr Intendente, Dr. Juan Carlos Reina, se celebra el presente convenio, el que estará sujeto a las siguientes clausulas: PRIMERA: La Provincia por intermedio del S.P.A.R. ha resuelto encarar la ejecución de la Obra desagües Cloacales en la localidad de Urdampilleta, Partido de Bolívar, para la cual ya ha confeccionado el correspondiente proyecto, y procederá al llamado para su licitación pública, y posterior firma de contrato y ejecución. SEGUNDA: La obra mencionada tendrá un costo estimado de PESOS DOS MILLONES UN MIL OCHOCIENTOS SIETE ($ 2.001.807.00), y contará con el siguiente financiamiento: a) El 70% del monto total de la obra, con fondos provenientes del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D) 857/OC-AR, denominado VI Etapa, con un plazo de amortización de 20 años, y cuyas características se encuentran detalladas en e l Convenio Nación-Provincia y Convenio Provincia - Comunidad.
b) El 30% restante del monto total de la obra, correspondiente a la Cláusula Tercera inciso c) del Acuerdo Complementario Provincia-Comunidad, con el financiamiento que ofrezca una institución bancaria, manifestado a través de una carta de compromiso firme e irrevocable, a ser presentada por la empresa que participe en la licitación. Esta condición quedará establecida en los pliegos 1 ¡citatorios correspondientes y su omisión originará el rechazo de la oferta. TERCERA: la Municipalidad accede a tomar el préstamo y asume la normal obligación de la devolución del minino en las condiciones referidas en la Cláusula que antecede. Para ello, y en función o garantía única y exclusiva, afectará los fondos de coparticipación Municipal que le correspondan, debiendo en este sentido contar con una ordenanza emanada del Honorable Concejo Deliberante del Partido que lo autorice, con los requisitos queEN la materia imponen la Constitución Provincial y la ley Orgánica de las Municipalidades. Asimismo, la Municipalidad deberá «declarar de utilidad pública y pago obligatorio la obra. CUARTA: La validez del presente queda condicionada a su e f e c t i v a ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante del Partido. Por otra parte, la efectivización del préstamo queda supeditada hasta tanto sea aprobado el crédito 857/OC -AR (VI Etapa), y la SUSCRIPCIÒN de los CONVENIOS de la Nación Argentina co n el Banco Interamericano de Desarrollo. Finalmente, y una vez satisfechas las condiciones
apuntarlas en los dos párrafos que anteceden, el monto definitivo de la obra y las condiciones del financiamiento referidas en la Cláusula Segunda apartado b),serán las que surjan de la licitación a realizarse y una nueva ordenanza deberá ratificarlo, sin perjuicio de ello, el presente reviste respecto de las obligaciones que se asumen y a los fines de permitir el llamado a licitación por parte del organismo provincial el carácter de firme y vinculante QUINTA: Para cualquier cuestión emergente del presente convenio las partes fijan los siguientes domicilios: el SPAR en calle 5 nº 366 de La Plata y la Municipalidad en la localidad de Bolívar. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Bolívar a los 24 días del mes de ABRIL de 1995.
OBRA: "SISTEMA DE DESAGÜES CLOACALES DE URDAMPILLETA PRIMERA ETAPA"
Detalle de las manzanas comprendidas en la obra desagües cloacales de los proyectados como primera etapas
MZ 59 • MZ 60 : MZ 61 : ■ MZ 62 MZ 66 :
MZ 67 • MZ 68 69 : MZ MZ 70 • MZ 73 • MZ 7 ■ MZ 76 4 •
MZ 77 MZ 78 • MZ 77 MZ B MZ 10 MZ 74 MZ d4 : MZ 6c h: MZ 6 • MZ 6e d: MZ 6f : MZ 6g : ■ MZ 6 • MZ 8a • MZ 8 b MZ 8c ■ MZ 8 B : MZ d MZ B . g FRENTE CALLE AVELLANEDA FRENTE CALLE AVELLANEDA FRENTE CALLE AVELLANEDA FRENTE CALLE AVELLANEDA COMPLETA
COMPLETA COMPLETA FRENTE CALLES PELLEGRINI, SAN MARTIN Y AVELLANEDA FRENTE CALLE SAN MARTIN COMPLETA COMPLETA FRENTE CALLES PELLEGRINI, SAN MARTIN Y PUEYRREDOM, FRENTE CALLES SAN MARTIN, MAIPU Y PUEYRREDON. FRENTE CALLES MAIPU Y PUEYRREDON. FRENTE CALLE PUEYRREDON A 105: COMPLETAS A 125: COMPLETAS FRENTE CALLE SAAVEDRA Y AV. ITALIA FRENTE CALLES SAAVEDRA, LAVALLE Y AV. ITALIA. FRENTE CALLE BENITO LINCH COMPLETA FRENTE CALLE RIVADAVIA FRENTE CALLE RIVADAVIA FRENTE CALLE BENITO LINCH Y AV. RIVADAVIA. COMPLETA CALLE ANTÁRTIDA ARGENTINA Y AV. RIVADAVIA. FRENTE CALLES ANTÁRTIDA ARGENTINA, MALVINAS ARGENTINAS Y AV. RIVADAVIA. COMPLETA COMPLETA FRENTE CALLE BELGRANO FRENTE CALLE BELGRANO Y AV. ITALIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.