Ordenanza Nº 1121/95
Incorporando al municipio al consorcio de la zona de crecimiento comun
OJO MODIFICADA POR LA ORDENANZA 1605/2201
Bolívar, 29 de Mayo de 1995 Referencia: Expediente N°. 3099/95
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
"ELH. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanción con fuerza de:
ORDENANZA N°: 1121/95
ARTICULO 1º: Incorpórase a la Municipalidad de Bolívar al CONSORCIO DE LA ZONA DE CRECIMIENTO COMÚN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 2º: Los derechos y obligaciones establecidos en la ZONA DE CRECIMIENTO COMÚN, tendrán afecto con respecto a las Municipalidades miembros, a partir de la aprobación del mismo por los H. Concejos Deliberantes; facultando esta Ordenanza al Departamento Ejecutivo para elegir y ser elegido en los cargos que asuman en el Consorcio.
ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 24 días del mes de Mayo de 1995.
FIRMADO:
José Alfredo Acuse Alicia March de Laso Secretario Presidenta
ES COPIA
JOSE ALFREDO ACUSE SECRETARIO HCD.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.