Ordenanza Nº 1078/94
Obligatoriedad de contenedores de envases descartables
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref.Expte.N: 2972/94
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en USO de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
- ORDENANZA Nº :1078/94 -
ARTICULO lº.:Establécese con carácter obligatorio la colocación de recipientes contenedores de residuos, en todos los comercios minoristas expendedores de bebidas y/o productos alimentarios, cuyos envases sean del tipo descartables para su consumo en el lugar de expendio.- ARTICULO 2do.:Los recipientes mencionados en el Artículo precedente deberán colocarse en lugares visibles y será responsabilidad del titular del negocio pasarlos a bolsas para su retiro por el personal municipal afectado.- ARTICULO 3º: La obligatoriedad de la presente Ordenanza comenzará a partir de los treinta días de su promulgación.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 22 días del mes de septiembre de 1994.
FIRMADO: Sra. Alicia March de laso (Presidenta) Sr. jóse alfredo acuse (Secretario) ES COPIA
INTENDENCIA MUNICIPAL DE BOLÍVAR MESA DE ENTRADAS ^
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.