Ordenanza Nº 1078/94

Obligatoriedad de contenedores de envases descartables

Ordenanzas · 22 de septiembre de 1994 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref.Expte.N: 2972/94

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en USO de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de

- ORDENANZA Nº :1078/94 -

ARTICULO lº.:Establécese con carácter obligatorio la colocación de recipientes contenedores de residuos, en todos los comercios minoristas expendedores de bebidas y/o productos alimentarios, cuyos envases sean del tipo descartables para su consumo en el lugar de expendio.- ARTICULO 2do.:Los recipientes mencionados en el Artículo precedente deberán colocarse en lugares visibles y será responsabilidad del titular del negocio pasarlos a bolsas para su retiro por el personal municipal afectado.- ARTICULO 3º: La obligatoriedad de la presente Ordenanza comenzará a partir de los treinta días de su promulgación.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 22 días del mes de septiembre de 1994.

FIRMADO: Sra. Alicia March de laso (Presidenta) Sr. jóse alfredo acuse (Secretario) ES COPIA

INTENDENCIA MUNICIPAL DE BOLÍVAR MESA DE ENTRADAS ^

SE

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.