Ordenanza Nº 1051/94
Creando el ente laboral para la juventud
Bolívar, 11 de Julio de 1994
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº:2943/94
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº: 1051/94
ARTICULO lº: Créase en «1 Partido de Bolívar el ENTE LABORAL PARA LA JUVENTUD.- ARTICULO 2º: El mismo estará integrado por dos representantes del D.E., tres representantes del H.C.D. (uno por cada Bloque Político), un representante Directivo de cada uno de los Colegios Secundarios del Partido de Bolívar, un representante de los alumnos secundarios de cada uno de los Colegios Secundarios del Partido de Bolívar y por un representante de cada uno de los Bancos Oficiales y Privados del Partido de Bolívar» También el Ente podrá invitar a participar a instituciones intermedias del Partido de Bolívar como así también a Organismos Oficiales o privados que tengan propuesta» e interés en el tema.— ARTICULO 3º: Dicho Ente circunscribirá su tarea en una primera etapa a determinar las posibilidades laborales en tres áreas específicas: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS; ÁREA TÉCNICA MECÁNICA y ÁREA AGROTÉCNICA, con el objetivo de lograr: 2.1.- Un análisis de factibilidad de proyectos 2.2.- Un análisis de mercado.- 2.3.- Un análisis técnico en cuanto a procesos de fabricación 2.4.- Un análisis del manejo de materia prima. 2.5.- Un análisis de diseños del proceso de elaboración. 2.6.- Un análisis económico financiero. 2.7.- Un análisis de Organización y puesta en marcha ARTICULO 4º: El D.E. queda facultado para reglamentar el funcionamiento del Ente Laboral para la Juventud.- ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 7 días del mes de Julio de 1994 FIRMADO: SRA. ALICIA MARCH DE LASO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.
ACUSE
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.