Ordenanza Nº 1040/94
Concurrencia dr. bedecarras a pirovano
Bolívar, 14 de Junio de 1994
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº: 2923/94
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 1040/94
ARTICULO lº:Autorízase al Dr. César O. Bedecarrás a concurrir a la Localidad de Pirovano, una vez por semana, a partir del día 13 de Abril de 1994, debiendo atender en el Hospital Municipal de Pirovano, de 8 a 11 horas, más las urgencias que se produzcan.- ARTICULO 2º: Abónese al citado profesional la suma de Pesos Docientos (S200). mensuales, por la función encomendada, y mientras dure su concurrencia; dejándose establecido que el combustible para el traslado desde Urdampilleta a Pirovano se le proporcionará en la Delegación Municipal de Urdampilleta, siendo el traslado en las urgencias a cargo de la Municipalidad de Bolívar ARTICULO 3º: La presente bonificación Especial Remunerativa NO B0NIFICABLE se establece "Ad-Referendum" del H.C.D, - - - - . ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese publíquese y archívese.- _____ - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 9 días del mes de Junio de 1994.-
FIRMADO; SRA. ALICIA MARCH DE LASO (Presidente) SR, JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-
CUSE
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.