Ordenanza Nº 939/93
Prorroga regimen de regularizacion impositiva
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte, Nº 2527/92 "EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR**, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 939/93 ARTICULO 1º: Prorrógase hasta el 18 de Diciembre de 1992, el plazo para el acogimiento a la reapertura del Régimen de Regularización Impositiva de la Ordenanza Nº 838/92, con los alcances de la Ordenanza Nº:878/92, y las modificaciones y adecuaciones previstas en el Artículo siguiente ARTICULO 2º: Podrán regularizarse las deudas por Tasas y Contribuciones de Mejoras, devengadas hasta el 31 de Julio de 1992 Para dicha regularización, los contribuyentes deberán tener abonados los vencimientos operados desde el lº de Agosto de 1992 y hasta la fecha de acogimiento, inclusive. ARTICULO 3º: Los contribuyentes que hayan regularizado por las Ordenanzas Nº 838/92 y 878/92, podrán renegociar su regularización a la de la presente Ordenanza, haya o no decaído, por alguna de las razones previstas en las citadas normas, su acogimiento anterior.- ARTICULO 4º Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - • DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 9 días del mes de Junio de 1993.- FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) es COPIA.- SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario)
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.