Ordenanza Nº 907/92
Otorgando bonificacion por refrigerio y presentismo
Bolívar, 4 de Diciembre ce 1992
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2528/92
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: - ORDENANZA Nº 907/92 «
ARTICULO 1º: Fíjase una Bonificación Especial Remunerativa en concepto de "refrigerio" de Pesos DIEZ ($10,00) mensuales, importe éste a abonar a todos los agentes municipales de Planta Permanente y Personal Jornalizado, desde el lo de Agosto de 1992 y hasta el 30 de Septiembre de 1992
ARTICULO 2º: Fíjase a partir del lº de Octubre de 1992, una Bonificación Especial No Remunerativa, en concepto de presentismo de pesos Sesenta y Cinco ($ 65,00) mensuales, importe éste a abonar a todos los agentes municipales de la Planta Permanente y Personal Temporario, excepto Contratados y personal comprendido en la Ley 10,471, de "Carrera Profesional Hospitalaria".
ARTICULO 3º: Determínase que la Bonificación por Presentismo, no se abonará en caso de inasistencias, aún justificadas, ó de licencias de cualquier tipo, con o sin goce de haberes; exceptuándose únicamente el caso de licencia anual ordinaria, cuyo usufructo no será causal de pérdida de la Bonificación; y por pérdida de un familiar en 1º grado ascendiente, descendiente y colateral; por nacimiento, por matrimon io y p or em ba ra zo ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese,- - - - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 3 días del mes de Diciembre de 1992.-
FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR, JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.